Comisión de Parlamentos y Entidades Fiscalizadoras Superiores

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20th Dic 2024

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COMISIÓN DE EFS Y PARLAMENTOS

COMISIÓN PARLAMENTOS Y EFS

TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA IMPLEMENTACIÓN
DE LA COMISIÓN DE PARLAMENTOS Y EFS (C PE)

COMISIÓN DE PARLA MENTOS Y EFS (C PE)

INDICE

1. Antecedentes …………………………………………………………………. Pág. 1
2. Nombre de la Comisión ……………………………………………………. Pág. 7
3. Objetivos Generales y Específicos …………………………………… Pág. 7
4. Enfoque Metodológico , condiciones y alcances………………. Pág. 7
5. Productos y Resultados …………………………………………………… Pág. 8
6. Formación de la Comisión ………………………………………………. Pág. 8
7. Plazo de Vigencia …………………… ………………………………………. Pág. 9
8. Gasto s……………………………………………………………………………… Pág. 9
9. Disposiciones Transitorias ………………………………………………… Pág. 9

COMISIÓN DE PARLA MENTOS Y EFS (C PE)

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TÉRMINOS DE REFERENCIA DE LA COMISIÓN DE PARLAMENTOS y EFS (C PE)

1. Antecedent es

Conceptos básicos
En una democracia los representantes electos implementa n la voluntad de la población y act úan
en su nombre a través de los poderes legislativo y ejecutivo. Un riesgo que se debe considerar
en las instituciones públicas en democracia es qu e el poder y los recursos se administren o
utilicen inadecuadamente, conllevando a un desgaste de la confianza de la
ciudadanía/población/comunidad, que puede socavar la esencia del estado constitucional de
derecho. Por lo tanto, resulta crucial que los ci udadanos de un país puedan pedir cuentas a sus
representantes. En coherencia con el espíritu de la Declaración de Lima de Criterios sobre las
Normas de Auditoría (1977), una Entidad Fiscalizadora Superior (EFS) independiente, eficaz y
creíble que examine l a administración y el uso de los recursos públicos es un componente muy
importante del ciclo fiscalizador.
Para que las EFS impacten significativamente en la vida de los ciudadanos tienen que lograr tres
(03) objetivos : (i) fortalezc er la rendición de cuen tas, transparencia e integridad del gobierno y
las entidades públicas; (ii) dem ostrar su relevancia continua para los ciudadanos, el Parlamento
y otros actores interesados; y, (iii) se r organizaciones modelo a través del ejemplo. Los 12
principios del valo r y beneficio de las EFS dentro de cada uno de los tres objetivos son: 1

Fuente : INTOSAI -P 12.

1 INTOSAI -P 12: El Valor y Beneficio de las Entidades Fiscalizadoras Superiores marcando la diferencia en la vida de los ciudadanos https://sirc.idi.no/document -database/documents/spanish/62 -intosai -p-12-el-valor -y-beneficio -de-las-entidades -fiscalizadoras – superiores -marcando -la-diferencia -en-la-vida -de-los-ciudadanos/file

COMISIÓN DE PARLA MENTOS Y EFS (C PE)

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Los parlamentos son instituciones políticas representativas, por lo que son los principales interesados
y, de hecho, es su deber – en dar a conocer al público sus actividades e informar sobre su labor a
todos los grupos de la sociedad. Divulgar información es crucial para que la comunidad entienda
y se comprometa con la democracia, así como para garantizar la transparencia y la rendición de
cuentas.
En general, podemos decir que l os Parlamentos tienen como funciones principales la
representación de la población; la formulación de leyes ; y la permanente fiscalización y control
político, orientados al desarrollo económico, político y social del país . Asimismo, son
responsables de compatibilizar las agendas internacionales y nacionales, y de asegurarse de
que los gobier nos apliquen los tratados y acuerdos internacionales que han suscrito y que los
parlamentos han ratificado. De igual manera, desempeñan un papel vital en la implementación
de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, la Unión
Int erparlamentaria (UIP) trabaja estrechamente con los organismos legislativos para apoyarlos
en la realización de sus tareas. 2
Una democracia moderna se precia entre otras de tener un sistema de frenos y contrapesos
institucionales y de aplicar irrestrictamente el principio de separación de poderes , sin embargo
dicho principio se complementa con el poco publicitado pero primordial principio de colaboración
de poderes , que se define como la obligatoria coordinación, c ooperación, ayuda mutua y
solidaridad de los poderes y órganos públicos autónomos, en la concertación y ejecución de
políticas públicas y de estado, en la prevención y solución de sus conflictos, que involucren a la
sociedad civil en su formulación, ejecuc ión y fiscalización de sus estrategias, políticas, programas
y proyectos; contributivo de un sistema político de estructuras flexibles articuladas e inclusivas,
más democrático y menos autoritario, propios de una sociedad abierta, horizontal y participativ a.3
Por lo tanto, resulta esencial la colaboración entre parlamentos y las EFS, bajo el principio de
sus autonomías; y lograr lineamientos de trabajos conjuntos.
Hoy más que nunca, en el entorno actual de incertidumbre económica y financiera mundial, los
gobiernos están llamados por sus ciudadanos a rendir cuentas de cómo se utilizan e invierten
los recursos públicos y cómo están ayudando a lograr buenos resultados y mejores servicios
públicos 4. Las Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS), como las prin cipales entidades de
auditoría del sector público, centradas en la rendición de cuentas y la transparencia de los fondos
públicos, gozan de una posición única para contribuir en el desarrollo y mantenimiento de
mecanismos de rendición de cuentas más sólido s y eficaces entre los gobiernos y sus
ciudadanos .
El trabajo de los P arlamentos en su rol de fiscalización, que generalmente está establecido en
las diferentes constituciones nacionales, debe ser considerado como una de sus principales
funciones ya que al ejercerlo están garantizando el buen uso de los recursos públicos, lo que
deriva no sólo en beneficio de toda la población del país y del desarrollo nacional, sino también
en que haya confianza en las instituciones públicas. Los países están promoviendo no solo el
Gobierno Abierto sino el Estado Abierto (que incluye la aplicación de los principios del gobierno
abierto no solo al Poder Ejecutivo sino a los otros poderes del Estado, a los organismos
constitucionalmente autónomos y a los distintos niveles de gobierno) y los Parlamentos con su
fiscalización efectiva, contribuyen a que esto se lleve a cabo cabalmente.
2Los Parlamentos y los Objetivos de Desarrollo sostenible https://www.un.org/es/observances/parliamentarism -day 3 Cámara Villar, Gregorio. El principio y las relaciones de colaboración entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Universid ad de Granada [consultado el 28/04/201 7]. Acápite 3, párrafo 4. En: <http://www.ugr.es/~redce/ReDCE1/El%20principio%20y%20las%20relaciones%20de%20colaboracion.htm 4 OCDE, Guía de Buenas prácticas para el apoyo a Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) https:// www.oecd.org/dac/effectiveness/Buenas_Pr%C3%A1cticas_para_el_Apoyo_a_Entidades_Fiscalizadoras_Superiores - %20for%20web.pdf COMISIÓN DE PARLA MENTOS Y EFS (C PE) pág. 3 Las Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) son conocidas principalmente por su papel en la supervisión de la gestión de las finanzas públicas, es decir, los ingresos y los gastos del gobierno. Muchas EFS también auditan el cumplimiento por parte de las entidades públicas, tanto de las regulaciones que les conciernen, como de los programas y políticas del gobierno. Mediante el examen de la gestió n financiera pública, las EFS brindan garantías de que los recursos públicos se utilicen con prudencia y eficiencia en beneficio de los ciudadanos. 5 Para incidir sobre el entorno institucional en el que opera, una EFS debe identificar quiénes son sus prin cipales partes externas y desarrollar una estrategia para interactuar con ellas. Esto implica comprender qué saben y desean de la EFS, tener claridad acerca de las funciones y responsabilidades mutuas y de la independencia de la EFS, así como identificar l as áreas de interés común y evaluar la conveniencia de posibles alianzas. El comité legislativo que considera el trabajo de la EFS debe afianzar un conocimiento sólido de la gestión financiera pública y desarrollar las destrezas necesarias para analizar y usar los informes de la EFS. Y, al igual que otras relaciones, debe haber un trabajo coordinado entre la EFS y la esfera legislativ a. En el escenario planteado, los retos más importantes que presenta la relación EFS y Parlamentos, considerando el respeto total de la autonomía e independencia de las mismas, son: como mantener un relacionamiento óptimo, que encuentre sinergias para obtener resultados significativos respecto al aprovechamiento de la información que las EFS ofrecen a los parlamentos sobre su t rabajo de fiscalización; llevar a cabo la asistencia que se pueda brindar a los parlamentarios para el mejor entendimiento y utilización de los informes de fiscalización, con el fin de que tengan impactos positivos en la labor de fiscalización y representa ción que ejercen los parlamentarios. Se entiende que los Parlamentos son soberanos en la forma de abordar los informes de las EFS, teniendo en cuenta el marco de los requerimientos legales de cada país; por tanto, no se encuentran con facilidad los estánd ares , principios generales o buenas prácticas para guiar a los Parlamentos en el tratamiento de los informes que reciben de las EFS o sobre sus compromisos con ellas. Esto provoca que las EFS usualmente carezcan de referencias en su relación interinstitucional con los Parlamentos. 6 Cabe tener presente que e n el Informe sobre la reunión del Grupo de Trabajo Intergubernamental de Composición Abierta sobre Prevención de la Corrupción, celebrada en Viena, Austria, del 16 al 18 de j unio de 2021, se dio a conocer que, en cumplimiento de las resoluciones 8/13 y 8/14, los temas de las deliberaciones de la 12ª reunión del Grupo de Trabajo fueron: “el papel de las entidades fiscalizadoras superiores en la prevención y la lucha contra la c orrupción” y “la función que cumplen los Parlamentos y otros órganos legislativos en lo concerniente a fortalecer la aplicación de la Convención”. 7 De igual manera, en el Grupo de Trabajo se recomendó a los Estados parte que continuaran promoviendo el int ercambio de buenas prácticas e información para reforzar el papel de los Parlamentos y otros órganos legislativos. Para alcanzar este objetivo se necesitaba el compromiso con las asambleas y organizaciones parlamentarias mundiales y regionales y el estable cimiento de acuerdos con los Parlamentos y órganos legislativos de otros Estados parte. El Grupo también 5 INTOSAI, Nota Informativa EL ROL DE LAS ENTIDADES FISCALIZADORAS SUPERIORES EN LA BUENA GOBERNANZA DE LA INDUSTRIA EXTRACTIVA https://into saicommunity.net/wgei/wp -content/uploads/2019/12/Breif -Note -Final -WGEI -Spanish - Version.pdf 6 Fortalecimiento de las relaciones de las Entidades Fiscalizadoras Superiores y las Asambleas Legislativas https://www.tcu.es/repositorio/3e4c51da -3422 -4484 -a1c5 -f15587e04f97/56MartinSanzFortalecimientorelacionesEFS.pdf 7 Informe sobre la reunión del Grupo de Trabajo Intergubernamental de Composición Abierta sobre Prevención de la Corrupción celebrada en Viena del 16 al 18 de junio de 2021 https://www.unodc.org/documents/treaties/UNCAC/WorkingGroups/workinggroup4/2021 -June -14-18/CAC -COSP -WG.4 -2021 - 4_s.pdf COMISIÓN DE PARLA MENTOS Y EFS (C PE) pág. 4 recomendó que los Estados parte continuaran intercambiando buenas prácticas e información sobre la cooperación entre las entidades fiscalizadoras super iores y los órganos anticorrupción. 8 Instrumentos de referencia El Marco de Medición del Desempeño de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (MMD - EFS) fue desarrollado por el Grupo de Trabajo de la INTOSAI sobre el Valor y Beneficios de las EFS (WGVBS) tras una resolución adoptada durante el Congreso de la INTOSAI organizado en Sudáfrica en 2010. La versión 2016 de dicho marco, que es la vigen te, fue aprobada durante el XXII Congreso de la INTOSAI, organizado en Abu Dabi en diciembre de 2016. Como bien se sabe, e l MMD EFS brinda a las Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) un marco para la evaluación voluntaria de su desempeño respecto a las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) y a otras buenas prácticas internacionales establecidas en materia de auditoría pública externa. El MMD EFS consiste en un marco universal con múltiples objetivos que se puede aplicar a todo tipo de EFS, independientemente de su estructura de gobierno, mandato, contexto nacional y nivel de desarrollo. El marco puede emplearse para contribuir a mejorar el desarrollo de capacidades de las EFS y la planeación estratégica, promoviendo la práctica de la gestión y medición del desempeño e identificando oportunidades que permitan fortalecer y monitorear el desempeño de las EFS, así como para fortalecer el sistema de rendición de cuentas. Se trata de una herramienta pertinente p ara aquellas EFS que hayan adoptado, aspiren a adoptar o deseen compararse con las ISSAI y con otras buenas prácticas internacionales. Es una herramienta voluntaria y no se pretende que su aplicación sea obligatoria para la comunidad INTOSAI o ciertas part es de ésta. En línea con los objetivos de la ISSAI 12 El valor y beneficio de las Entidades Fiscalizadoras Superiores – Marcando la diferencia en la vida de los ciudadanos, el MMD EFS también les proporciona a las EFS una base objetiva para demostrar su r elevancia permanente respecto a los ciudadanos y otras partes interesadas , y está integrado por dos componentes: 1. Una guía para el informe sobre desempeño, que constituye el producto final de la evaluación y consiste en un análisis narrativo de los resulta dos. 2. Un conjunto de 25 indicadores (cada uno de los cuales abarca entre dos y cuatro dimensiones) para medir el desempeño de la EFS respecto a las buenas prácticas internacionales en seis ámbitos : A. Independencia y marco legal B. Gobernanza interna y ética C. Calidad de la auditoria y elaboración de informes D. Gestión financiera, activos y estructuras de apoyo E. Recursos humanos y capacitación F. Comunicación y gestión de las partes interesadas Ámbito F: Comunicación y gestión de las partes interesadas La ISSAI 12 identifica como uno de los principales objetivos de la EFS demostrar su relevancia ante las partes interesadas. Las EFS deben comunicarse con las partes interesadas para garantizar que entienden el trabajo y los resultados d e auditoría de la EFS. Deben hacerlo en un modo que aumente el conocimiento y entendimiento de las partes interesadas acerca del rol y las responsabilidades de la EFS como auditor independiente del sector público (ISSAI 12:6). Las EFS deben identificar a s us partes interesadas, y desarrollar una estrategia de comunicación. Una consideración clave relacionada con la comunicación y gestión de las partes interesadas es el estilo, el lenguaje y el formato utilizado para vincularse con las mismas. 9 8 Informe sobre la reunión del Grupo de Trabajo Intergubernamental de Composición Abierta sobre Prevención de la Corrupción celebrada en Viena del 16 al 18 de junio de 2021 https://www.unodc.org/documents/treaties/UNCAC/WorkingGroups/workinggroup4/2021 -June -14-18/CAC -COSP -WG.4 -2021 - 4_s.pdf 9 Marco para la Medición del Desempeño de las Entidades Fiscalizadoras Superiores 2016 https://www.idi.no/elibrary/well - governed -sais/sai -pmf/758 -mmd -efs-2016/file COMISIÓN DE PARLA MENTOS Y EFS (C PE) pág. 5 Una de las partes interesadas externas más importantes para la EFS 10 es el Poder Legislativo: específicamente la Comisión legislativa responsable de aprobar el presupuesto y/o supervisar las funciones del Gobierno y las finanzas públicas. Por otro lado, d entro del ámbito F, se encuentra el Indicador de Desempeño EFS -24: Comunicación con los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial El indicador EFS -24 evalúa las prácticas de comunicación que la EFS ha establecido con las partes interesadas institucionales . Las EFS deben comunicarse con las partes interesadas de manera eficaz (ISSAI 12:6). Independientemente de su modelo, la EFS, en el ejercicio de su labor, estará en contacto con estas instituciones en mayor o menor medida. La EFS debe tomar la iniciativa de comunicar su mandato y actividades en un modo que no comprometa su independencia. Las buenas prácticas le pueden facilitar la comunicación al mismo tiempo que le ayuda a minimizar cualquier riesgo. La comunicación eficaz le permitirá en general a estas partes interesadas y en particular al Parlamento, ver los informes de las EFS como relevantes para su propio trabajo, y también le permitirá a las EFS tener una mejor capacidad de respuesta frente a los riesgos emergentes y contextos cambiantes. Como ya s e ha mencionado, e l Legislativo es una de las partes interesadas más importantes para una EFS ya que usualmente elige a su Titular o Titulares (en el caso de Colegiados de Cámaras y Tribunales) , y también tiene la facultad de exigirle al Ejecutivo que rind a cuenta del uso de los fondos públicos. Es importante que el Legislativo perciba a la EFS como un socio relevante y valioso en la supervisión de las acciones y decisiones del gasto del Ejecutivo. En muchos países, el Legislativo y la EFS dependen mutuam ente uno del otro en el ejercicio de su función de supervisión. El Legislativo debe apoyarse en la EFS para hacer un escrutinio exhaustivo de las cuentas públicas, y el uso de los fondos públicos, mientras que la EFS puede recibir un apoyo valioso por part e del Legislativo a la hora de exigirles a los representantes del Ejecutivo que rindan cuentas. La capacidad del Legislativo de involucrar y hacer uso de los productos de la EFS es fundamental para la eficacia de esta. La EFS debe desarrollar estrategias p ara responder a cualquier restricción de capacidad identificadas. Las EFS con funciones jurisdiccionales normalmente tienen una relación más distante con el Legislativo que las EFS con un modelo parlamentario, pero el Legislativo es también una parte inter esadas importante para ellas. 11 Primeras coordinaciones interinsti tucionales En el segundo semestre del año 2022, la EFS Perú en su calidad de Presidencia de la OLACEFS inició el dialogo con la Presidencia de PARLATINO , para promover la realización de espacios de encuentro entre las EFS y los Parlamentos que permitieran fortalecer el intercambio de conocimientos y buenas prácticas que favorezcan una mejor comprensión del proceso de revisión de la gestión gubernamental y la rendición de cuentas. Los días 20 y 21 de abril de 2023, la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS), el Parlamento Latinoamericano y Caribeño (PARLATINO), las EFS de Perú y Panamá, organizaron de manera conjunta el Seminario Internacional “Parlamento y Entidades Fiscalizadoras Superiores : un trabajo conjunto” , evento que se llevó a cabo en la Sede de Parlatino en la ciudad de Panamá. 10 Además de El Poder Ejecutivo: Los organismos gubernamentales, incluyendo los Ministerios (incluido el Ministerio de Finanzas) / órganos y agencias del Ejecutivo; las entidades auditadas; el Poder Judicial y/o las agencias de investigación y las Fiscalías; los medios de comunicación., la comunidad académica, los órganos profesionales encargados de la formulación de normas (por ejemplo, los Colegios de Contadores Profesionales), los grupos de interés especiales, incluidas la s organizaciones de la sociedad civil y los socios para el desarrollo y los ciudadanos/el público en general. 11 Marco para la Medición del Desempeño de las Entidades Fiscalizadoras Superiores 2016 https://www.idi.no/elibrary/well -governed -sais/sai -pmf/758 -mmd -efs-2016/file COMISIÓN DE PARLA MENTOS Y EFS (C PE) pág. 6 El evento contó con la participación de los Presidentes de OLACEFS, INTOSAI, P ARLATINO y la Unión Interparlamentaria (UIP), así como de 11 titulares de EFS y 9 delegaciones representantes de parlamentos de la región de américa Latina y el Caribe y representantes de 4 organismos internacionales, quienes compartieron a través de ponencias y mesas d e trabajo sus experiencias y buenas prácticas en el control y fiscalización de los fondos públicos en beneficio de la ciudadanía en temas relacionados a la rendición de cuentas y auditorías. Asimismo, se abordaron los retos más importantes que presenta la relación entre las EFS y los parlamentos, como la coordinación en el marco de las autonomías, e independencia de las mismas, fortalecimiento de las relaciones y alianzas, importancia de la información que las EFS ofrecen a los parlamentos para su labor de fiscalización, así como la asistencia que se puede brindar a los parlamentarios para el mejor entendimiento y utilización de los informes de fiscalización. Declaración de Panamá Como resultado del referido Seminario Internacional se suscribió la Declara ción de Panamá, la misma que tiene por objeto promover y fortalecer la cooperación entre los Parlamentos Nacionales y las Entidades de Fiscalización Superior (EFS), en los procesos de control gubernamental con el fin de mejorar la eficacia y eficiencia en la gestión de los recursos públicos. La Declaración fue apoyada con la firma de los titulares de las más de 11 delegaciones que participaron del Encuentro. En dicha declaración, OLACEFS y PARLATINO reiteran su compromiso de trabajar en conjunto para p romo ver y fortalecer la cooperación entre los Parlamentos Nacionales y las Entidades de Fiscalización Superior (EFS), en los procesos de control gubernamental con el fin de mejorar la eficacia y eficiencia en la gestión de los recursos públicos , particularment e con el fin de: 1. Fomentar la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión pública, promoviendo y fortaleciendo los marcos normativos y la utilización de herramientas de control. 2. Compartir buenas prácticas y experiencias entre ambas organizacio nes, con el fin de mejorar las capacidades y habilidades de sus miembros. 3. Desarrollar iniciativas que permitan la creación de políticas públicas con perspectiva de Desarrollo Sostenible y el buen uso de los fondos públicos. 4. Fortalecer el proceso de designación de los Titulares de las EFS a cargo del Poder Legislativo a fin de consolidar la autonomía e independencia de las Entidades de Fiscalización Superior. COMISIÓN DE PARLA MENTOS Y EFS (C PE) pág. 7 2. Nombre de la Comisión Comisión de Parlamentos Y EF S (C PE) 3. Objetivos Generales y Específicos 3.1 Objetivo General: Optimizar el relacionamiento entre los Parlamentos y las EFS, con la finalidad de establecer sinergias para obtener resultados significativos respecto al aprovechamiento de la información que proporcionan las EFS, así como la generación de propuestas legislativas que permitan a las EFS fortalecer su ámbito de acción. 3.2 Objetivos Específicos: • Fortalecer la gestión del conocimiento y la incorporación de buenas prácticas para el relacionamiento de las EFS y los Parlamentos. • Promover el uso apropiado de herramientas de comunicación para facilitar el acceso y propiciar el intercambio de información entre las EFS y los Parlamentos. • Fortalecer el rol fiscalizador de los de las EFS y l os Parlamentos. • Desarrollar mecanismos eficaces de interacción entre los parlamentos y las EFS 4. Enfoque Metodológico, Condiciones y alcances 4.1 De las etapas del trabajo: Se planificarán y ejecutarán las etapas de trabajo que se señalen en la planilla de plazos e hitos relevantes que formará parte del Plan de Trabajo, el cuál será determinado oportunamente por las EFS miembros de la Comisión, el mismo que debe ser coordinado por una de la EFS integrantes. La EFS que ejerce la Presidencia de la Comisión tendrá las facultades/obligaciones siguientes: 1. Llevar adelante los procesos y/o actividades que se aprueben inicialmente, y proponer el ajuste de ser necesario de sus contenidos, secuencias y plazos, para lo cual deberá obtener la aprobación de la s EFS miembros de la Comisión, por medio de una reunión (virtual o presencial). 2. Informar semestralmente a la Presidencia de la OLACEFS sobre los avances , garantizando la transparencia que corresponda. Asimismo, informará anualmente sobre el cumplimiento de las actividades programadas . 3. Finalmente, al concluir la gestión de la Presidencia, se realizará una evaluación del proceso y de los resultados obtenidos, y de ser el caso, propondrá mejoras y recomendaciones en lo que corresponda. 4.2 Reuniones de trabajo • Las reuniones serán presididas por la EFS que asuma la presidencia de la comisión. COMISIÓN DE PARLA MENTOS Y EFS (C PE) pág. 8 • Para el cumplimiento de sus objetivos, el Grupo podrá realizar reuniones virtuales o presenciales. • Las reuniones serán convocadas por la EFS que asuma la Presidencia de la Comisión, a quien también le corresponderá levantar el acta respectiva de las reun iones, en donde se deberá plasmar el desarrollo de la reunión y los acuerdos alcanzados. 4.3 Toma de decisiones • Las decisiones de la Comisión se tomarán, siempre y cuando sea posible, a través del consenso de los miembros participantes de las reuniones con vocadas. • Salvo desacuerdo irresoluble de una propuesta, se procederá a votar públicamente aquella, consignando el hecho o motivo en discordia, el resultado de la votación y la identificación de votantes. El acuerdo será válido, si la mayoría de los integ rantes considera viable aquella propuesta. 4.4 Idioma El idioma oficial del Grupo de Trabajo será el español, con independencia de los idiomas que acuerden los miembros para publicar sus informes y productos. 5. Productos y Resultados Los productos esperados son los siguientes: 1. Elaboración de un (1) manual de buenas prácticas en materia de relacionamiento entre las EFS y los Parlamentos. 2. Organización de Webinarios internacionales EFS – Parlamentos . 3. Creación de un sub portal enlazado a la web de OLACEFS con toda la información recibida. 4. Propuesta de Declaración , Tratado o Convenio Multilateral para la cooperación interinstitucional entre los Parlamentos y las EFS. 5. Propuesta de Cursos MOOC sobre Parlamentos y EFS. 6. Formació n de la Comisión, deberes y responsabilidades de los miembros 1. La dirección de la comisión se encontrará a cargo de la EFS que ejerza la Presidencia. Su designación se efectuará por la mayoría simple de sus miembros plenos. La EFS que asuma la Presidencia, realizará las convocatorias y elaborará las actas. 2. La EFS qu e ejerza la Presidencia mantendrá la sede del Grupo, la representación y las comunicaciones que se requieran, tanto con la Presidencia como con la Secretaría Ejecutiva de la OLACEFS, según corresponda. 3. La EFS que ejerza la Presidencia convocará a las reuniones que sean necesarias para cumplir con el cometido de este Grupo y levantará las actas correspondientes, las cuales, deberán ser aprobada por los integrantes del Grupo de Trabajo en la siguiente reun ión, o de manera virtual, según acuerden en su primera reunión de instalación. COMISIÓN DE PARLA MENTOS Y EFS (C PE) pág. 9 4. La EFS que ejerza la Presidencia propondrá y dará seguimiento al Plan de Trabajo que exprese con mayor detalle los actuales Términos de Referencia. 5. La Presidencia elaborará un Plan Operativo Anual, conforme a las instrucciones emitidas por la Secretaria Ejecutiva. 6. La EFS que ejerza la Presidencia emitirá anualmente un informe de resultados dirigido a la Presidencia y Secretaría Ejecutiva de la OLACEFS, que deberá ser presen tado al Consejo Directivo y en la sesión administrativa de la Asamblea General Ordinaria que corresponda. 7. Todos los miembros del Grupo de Trabajo se comprometen a cumplir con las labores encomendadas dentro de los plazos definidos en el Plan de Trabajo. 7. Plazo de vigencia del mandato El ejercicio de la presidencia de la comisión durará tres años, con posibilidad de reelección por una sola vez. Una nueva postulación podrá ser presentada transcurrido un período de presidencia. 8. Gastos La Comisión p rocurará obtener apoyo financiero de organismos internacionales, sin perjuicio de los aportes que cada EFS integrante del Grupo pueda efectuar y de la disponibilidad financiera de la OLACEFS. 9. Disposiciones Transitorias El presente documento entrará en vigencia a partir de la aprobación por la Asamblea General de la Organización.

Nota: El texto extraído es sólo una aproximación del contenido del documento, puede contener caracteres especiales no legibles.

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