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10th Feb 2022
Extracto
Ponencia Base y Resumen “Control Fiscal y Ámbito de Relaciones Con Otros Entes Autónomos”
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XXIV ASAMBLEA GENERAL OLACEFS CUSCO, PERÚ
PONENCIA BASE
Tema Técnico III: “ CONTROL FISCAL Y AMBITO DE RELACIONES CON OTROS ENTES
AUTONOMOS ” EN LO S DIVERSOS PAISES DE LA RE GIÓN:
ALCANCES, EXCEPCIONES Y CONTENIDO
Del 24 AL 28 DE NOVIEMBRE DE 2014
I. INTRODUCCIÓN.
El presente tema se desarrolla en el marco de las competencias otorgadas en la XIII
Asamblea de la OLACEFS en el año 2013 al Tribuna l Superior de Cuentas de la Rep ública de
Honduras , con el propósitos de evaluar el Control Fiscal ejercido por las Entidades de
Fiscalización Superior y las relaciones de estas con otros entes autónomos, y más específico
el tema del control fiscal, entendiéndose este término (entes autónomos), como una
institución indistinta que goza de independencia administrativa pero que realiza actividades
afines a los temas de fiscalización , o temas de estudio e investigación de interés público cuya
finalidad sea de lograr una mayor eficiencia y especialización en la fiscalización , ejerc iendo
mayo r control fiscal en actividades específicas necesaria s para el cumplimiento de los fines
del Estado, y es por tales razones que las EFS ejercen un control permanente sobre ellas ,
pretendiendo promover un enfoque más estratégico y coordinado para la creación d e
capacidades de las EFS en los países del área.
II. ALCANCES
El Tribunal Superior de Cuentas de Honduras elaboró el documento técnico, considerando el
acuerdo tomado en la sesión celebrada en Diciembre del año 2013 referente al Control Fiscal
y Ámbito de Relaciones con Otros Entes Autónomos en los diversos países de la región :
alcances, excepciones y contenido . Este documento muestra los resultados de la
investigación del Control fiscal de las entidades de Fiscalización Superior y su
correspondencia con otros entes , para ello se elaboró un instrumento de recolección mismo
que se gir ó a las Entidades de Fiscalización Super ior que conforman la Organizaci ón la
OLACEFS , tomando como base la experticia de Honduras.
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III. RESULTADOS Y APORTES
Las particularidades sobre la propuesta a ser expuest a en la XXIV Asamblea General de la
OLACEFS y conforme a la evaluación indicada en el documento guía enviado a miembros que
conforman la misma, se consideraron aspectos sobre , si las EFS han suscrito relaciones ante
otros organismos autónomos, de los cuales encamine n el mejoramiento de las funciones de
fiscalización en procura de implementar modelos de gestión como un desafío al control
fiscal .
Además se plantearon Preguntas a los miembros de la OLACEFS con el fin de medir el alcance
y los ámbitos de acción entre los que consideraron:
1. ¿Indique el tipo o nivel de los recu rsos públicos sobre los cuales la EFS tiene competencia
para realizar el control fiscal?
2. ¿Cuál es el enfoque de auditoria que están facultados a realizar sus EFS?
3. ¿Su EFS cuenta con un departamento y/o unidad especializado para auditar el control
fiscal?
4. ¿Cuenta su EFS con facultades legales para establecer relaciones con otros organismos
de control y de regulación, o con cualquier otro ente que se complemente para la
ejecución del Control Fiscal?
5. ¿Cómo contribuye el control fiscal a erradicar la impunidad en su país?
6. ¿Qué tipo de control fiscal realiza la EFS?
7. ¿Qué mecanismos son empleados por las EFS para suscribir convenios de cooperación
para fiscalizar y evaluar el control fiscal en la gestión pública?
III.1 ANÁLISIS DE LAS RESPUESTAS PRESENTADAS POR LOS MIEMBROS DE LA OLACEFS
Se recibieron contribuciones de los siguientes miembros de la Organización:
Tribunal de Cuentas de la Unión de Brasil
Auditoria Superior de la Federación de México
Contraloría General de la República de Nicaragua
Contraloría General de la República de Paraguay
Contraloría General de la República de Chile
Contraloría General de la República de Ecuador
Controlaría General de la República de Cuba
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A. Se logró determinar el tipo o nivel de los recursos públicos sobre los cuales la EFS tiene
competencia para rea lizar el control fiscal
Para el caso, el Tribunal de Cuentas de la Unión de Brasil (TCU ); tiene actualmente las funciones
de juzgamiento , de rendición de cuentas y es responsable por la gestión de recursos públicos
federales, con eventual aplicación de sanciones a los resp onsables por las irregularidades,
pasando por la evaluación de desempeño de la gestión pública, emisión de opinión sobre las
cuentas del Presidente de la República, entre otras.
La Auditoria Superior de la Federación de México tiene competencia para fiscalizar los recursos
a nivel Federal.
En cuanto a la Contraloría General de la República de Nicaragua el nivel de los recursos
públicos sobre los cuales la EFS tiene competencia para realizar el control fiscal, únicamente lo
hace a nivel nacional.
En campo de competencia por parte de la Contraloría General de la República de Paraguay es
realizado tanto nacionales, departamentales, municipales y binacionales.
La Contraloría General de la República de Chile es a nivel nacional como municipal lo mismo la
Contraloría General de la República de Ecuador, el cual aparte de realizar lo anterior también
fiscaliza a todos los recursos públicos.
B. Las EFS están facultadas para utilizar los enfoque s de auditoria siguientes:
Entre los enfo ques de auditoria que están facultadas a realizar la EFS que dieron respuestas al
documento guía de consulta se observa que Brasil , México , Nicaragua , Paraguay , Honduras,
Cuba y Ecuador desarrollan auditorias financieras, de cumplimento legal, de Gestión 1,
Desempe ño, auditorias especiales.
México realiza auditorias especiales y Forense, de Inversiones Físicas Federales, de Tecnologías
de In formación y Telecomunicaciones , de Análisis y de Investigación Económica.
La Contraloría General de la República de Nicaragu a también incluye entre otros tipos d e
auditoría las Obras Públicas como las Informáticas y la Contraloría General de la República de
Paraguay realiza auditorias presupuestarias. Por su parte la Contraloría de Cu ba reali za
auditorias Forenses , Fiscal y TI.
1 Entiéndase Auditoria de Gestión para efectos de este documento como “Auditoria Integra l: Revisión global de las
actividades financieras, contables y administrativas que realizan las dependencias y entidades de la Administración
Pública Federal, que incluye auditoría financiera, operacional, de resultados de programas y de legalidad. ”
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En cuanto a la Contraloría General de la República de Chile no realiza audito rias de gestión
pero si realiza las financieras, como de cumplimiento legal, de desempeño así como auditorias
especiales.
Así como las EFS ante s mencionadas, Honduras realiza auditorias financieras, de cumplimento
legal, desempeño , auditorias especiales, obras públicas y act ualmente se trabaja en el
fortalecimiento de capacidades en el desarrollo profesional en el ámbito en las auditorias de
desempeños las que ha i niciado con apoyo de la INTOSAI , OLACEFS y algunas de las EFS de la
región , así como de las auditoria s Integrales y de TI .
C. ¿Las EFS cuentan con un departamento y/o unidad especializada para auditar el control
fiscal?
En relación al Tribunal de Cuentas de la Unión de Brasil así como la Auditoria Superior de la
Federación de México, la Contraloría General de la República de Chile y la Contralo ría General
de la República de Ecuador así como el Tribunal Superior de Cuentas de Honduras, si cuentan
con una unidad para auditar el control fiscal a excepción de la Contraloría Gener al de la
República de Nicaragua , la Contraloría General de la República de Paraguay y la Contraloría
General de la República de Cuba .
D. Por las facultades legales para establecer relaciones con otros organismos de control y
de regulación, o con cualquier otro ente que se complemente para la ejecución del
Control Fiscal las EFS expresan lo siguiente:
El Tribunal de C uentas de la Unión de Brasil, así como Auditoria Superior de la Federación
México, la Contraloría General de la República de Paraguay, la Contraloría Ge neral de la
República de Chile , la Contraloría General de la República de Ecuador y Contraloría General de
la República de Cuba, si cuentan con las f acultades legales para establecer relaciones con otros
organismos de control, no así la Contraloría General de la República de Nicaragua.
E. ¿Cómo contribuye el control fiscal a erradicar la impunidad en su país?
Las respuestas de los miembros en este apa rtado fueron uniformes en cuanto a que están de
acuerdo a que el control fiscal contribuye en gran medida a la reducción de la corrupción y a
velar por la transparencia de los Estados que representan .
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F. ¿Qué tipo de control fiscal realiza la EFS?
El control fiscal realizado por el Tri bunal de Cuentas de la Unión de Brasil se desarrolla en el
ámbito a nivel micro es decir a cada órgano o entidad de la administración pública o de cada
persona física o jurídica que administre recursos públicos as í como a nivel macro es decir en el
ámbito de análisis de las demostraciones contables (balance general de la Unión), presentado
anualmente por la Presidencia de la República para fines de emisión de la opinión del TCU a ser
sometido a juzgamiento por el Congreso Nacional. En cuanto a la Auditoria S uperior de la
Federación México, este es efectuado solo a nivel macro en virtud de que su ámbito de
fiscalización es a: los Poderes de la Unión, los entes públicos federales y los órganos
jurisdiccionales que no formen parte del Poder Judicial de la Fed eración; las entidades
federativas, los municipios y los órganos político -administrativos de las demarcaciones
territoriales del Distrito Federal que administren o ejerzan recursos públicos federales;
incluyendo a sus respectivas dependencias y entidades p araestatales y paramunicipales; las
entidades de interés público distintas a los partidos políticos; los mandantes, mandatarios,
fideicomitentes, fiduciarios, fideicomisarios o cualquier otra figura jurídica análoga, así como
los mandatos, fondos o fideico misos públicos o privados cuando hayan recibido por cualquier
título, recurso s públicos federales. A su vez la Contraloría General de la República de Nicaragua,
los diferentes tipos de auditorías está establecida en la Ley Orgánica de la Contraloría Gen eral
de la República de Nicaragua, con respecto a la Contraloría General de la República de
Paraguay así como la de Chile , Cuba y Ecuador, esta es efectuada a nivel micro como a nivel
macro.
G. Mecanismos empleados por las EFS para suscribir conveni os de cooperación para
fiscalizar y evaluar el control fiscal en la gestión pública.
Los mecanismos en las que el Tribunal de Cuentas de la Unión de Brasil suscribe convenios son
con la firma de memorandos de entendimiento bilateral o multilateral con di versos órganos
nacionales o internacionales para la cooperación, mediante intercambio de informes y datos, la
capacitación de personal y otras actividades conjuntas.
Por su parte la Auditoria Superior de la Federación México esta es a través de los Conven ios de
Coordinación con las Entidades de Fiscalización Locales de los Estados que conforman a
México, los cuales se llevan a cabo mediante el Programa para la Fiscalización del Gasto
Federalizado (PROFIS).
Al igual que los demás la Contraloría General de la República de Nicaragua es efectuado a
través de Firmas de Convenios donde se establecen los diferentes acuerdos a nivel interno y
externo del país. En cuanto a la Contraloría General de la República de Paraguay no define los
mecanismos únicamente por me dio de un documento escrito.
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A su vez la Contraloría General de la República de Chile utilizan acuerdos de
voluntades, firmados por las autoridades de cada organismo involucrado. Es de mencionar que
la mayoría de las EFS los convenios suscritos han sido para fortalecer el desarrollo profesional
del recurso humano de las EFS, por medio de capacitaciones no así el caso de la Contraloría
General de la República de Ecuador los convenios suscritos por la EFS de Ecuador no son para
fiscalizar, sino para cooper ar, capacitar e intercambiar información.
En cuanto la Contraloría General de la República de Cuba ha establecido convenios
internacionales con la Cámara de Cuenta de la Federación Rusa . Asimismo ha suscrito
convenios con fondos propios a nivel nacional.
IV. CONTENIDO
Robustecer la capacidad de las EFS en el tema sobre control fiscal , partiendo de las
relaciones con otros entes autónomos resulta realmente importante considerando la falta de
experiencia y fortalecim iento de capacidades en el áreas de fiscalización y como resultados
de las encuestas existe la necesidad de uniformar y estandarizar los diversos procesos para
optimizar los resultados del proceso de fiscalización .
Tomando como base el enfoque sobre el cual es definido el Control Fiscal y del que el
mismo constituye parte fundamental de la fiscalización ejercida de las , este se define como:
el conjunto de actividades realizadas por Instituciones competentes para lograr, mediante
sistemas y procedimient os diversos, la regularidad y corrección de la administración del
Patrimonio Público.
“El Control Fiscal, como función del Estado, está distribuido entre diversas Entidades de
Derecho Público , que realizan actividades de la más variada índole, de acuerdo con la
estructura y naturaleza que les es propia. No puede pensarse que solo las llama das
Instituciones de Control o Entidades Fiscalizadoras , realizan actos de Control Fiscal ”2.
(gestiopolis.com)
Una vez recopilado los aportes de las entidades fiscalizadoras Superiores, el Control Fiscal se
puede definir de la siguiente manera: Conjunto de acciones que realiza una EFS para
comprobar la aplicación de las políticas del estado (política fiscal, monetaria y crediticia) , así
como la evaluación de las finanzas públicas, mediante la revisión de los resultados e
2 gestiopolis.com. (s.f.). (www.gestiopolis.com/recursos/documentos/fulldocs/…/controlfiscal.htm) .
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impactos de la gestión de la administración pública, referido en la ejecución del ingresos,
gastos fiscales y deuda pública , comprobando el cumplimiento de lo dispuesto en las l eyes y
demás d isposiciones legales aplicables .
En consonancia de lo anterior y con el fin de fortalecer los mecanismos así como
implementar un cultura de control es necesario coordinar y uniformar estándares aceptados
por la INTOSAI y que permita un control fiscal adecuado como : analizar y evaluar el rol y las
principales características de la política fiscal del Estado, conocer sus principales
instrumentos y efectos tanto a nivel de la administración.
Conscientes que es necesario ampliar los espacio s que faciliten la transparencia y la Rendición
de Cuentas en los distintos ámbitos de la gestión gubernamental, es importante que se
promuevan y generen mecanismos de monitoreo y evaluación sobre los compromisos, acciones
y programas que se establezcan de ntro de la Administración Pública.
“La enorme responsabilidad de las EFS que involucra mejorar la calidad del desempeño
institucional y garantizar a los ciudadanos una óptima prestación de los servicios y adecuado
uso de los recursos del Estado, prevé l a necesidad de fortalecer las alianzas con organizaciones
autónomas nacionales e internacione s, e n ese sentido debe considerarse la sostenibilidad de
las finanzas públicas que implica un reto de dimensión internacional hacia el desarrollo
económico soste nible cuyo propósito básico debe ser la necesidad de limitar de reducir los
gastos públicos y el endeudamiento. Este esfuerzo es necesario para reducir la carga tributaria
sobre los contribuyentes actuales y futuros ”3. (OLACEFS, 2013 )
Se entiende el control fiscal , no solamente en los aspectos de cumplimiento de la legalidad,
sino que más allá en todo momento dar información, estar dispuestos a exp licar los logros y los
fracasos y l as actuaciones de la organización en todos los ámb itos, para ser transparente s y, por
ende, poder llegar a ser creíbles ante la sociedad.
“La falta de transparencia en el control fiscal impide que las entidades ejerzan acciones en
tiempo y forma , y en muchos casos puede facilitar la impunidad y los abusos.” Por otra parte al
real izar evaluaciones puntuales sobre las finanzas públicas, por ejemplo: sostenibilidad de la
deuda, se da a conocer el impacto de la crisis financiera provocada por el alto nivel de
endeudamiento.
3 OLACEFS. (Julio -Diciembre de 2013). La Cooperacion EUROSAI -OLACEFS. Revista de la Organizacion Latinoamericana y del Caribe de las Entidades
Fiscalizadoras Superiores , página 31.
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Hablar del control Fiscal requiere de un compromiso contand o con un alto grado de
involucramiento de todas las entidades fiscalizadoras, para poder hacer frente a los principales
desafíos que enfrentan los Estados en el siglo XXI de cara a la corrupción, la evasión fiscal y
todos los delitos fiscales, que condicio nan el desarrollo de país.
Aunque el Proceso de Auditoria no resolverá la situación por sí mismo, las autoridades
financieras, pueden adoptar prácticas más sanas. Por otra parte debe considerarse la
importancia de los ingresos de un Estado que se conocen como ingresos públicos y se generan
a partir del cobro de impuestos, la venta o alquiler de propiedades, la emisión de bonos y la
utilidad de las empresas públicas, entre otras actividades, “Estos ingresos permiten el
desarrollo del gasto públi co”. Sin considerar que los ingresos proporciona el camino para
asegurar los propósitos de las organizaciones. “ La insuficiencia del presupuesto para el control
de la gestión de recursos públicos, ha motivado la aparición de criterios como los de economía ,
eficiencia y eficacia para evaluar la actividad económico financiera del Sector Publico” (Enric
Fabado Ilfonso)
Hay que recordar que en las organizaciones los gastos, costos, producción e inversión
dependen del nivel de recaudo que se obtenga del presup uesto de ingresos estimados, y que
ante el evento de un déficit o desequilibrio entre lo programado y lo realmente recaudado,
origina que los planes, proyectos y gastos de la organización no se cumplan, propiciando
inadecuada gestión de sus administradore s y retraso y en ocasiones repliegues en términos
económicos y sociales, con el agravante de tener que acudir a resolver el tema a través de la
deuda.
V. CONCLUSIONES
1. De total de 22 países encuestados solo contes taron 7 entidades fiscalizadoras
2. Las entidades fiscalizadoras que respondieron realizan auditorías a nivel micro y macro a
excepción de Chile que no realiza auditoria de gestión .
3. Que todas las entidades fiscalizadoras que están participando en la información establec en
convenios con otros organismos nacionales e internacionales.
4. Todas las entidades fiscalizadoras tienen la necesidad de intercambio de expertos,
capacitación en áreas específicas y otras .
5. El control fiscal es importante de acuerdo a lo expuesto por los miembros de los cuales
contribuyen a la reducción de la corrupción así como transparentar el manejo de los recursos
del estado.
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6. Los convenios establecidos ent re otros organismos ha contrib uido al intercambio de
experiencias como de información así como fortalecer los conocimiento de capaci dades
técnicas para que se fortalezca el recurso humano de las EFS el cual facilitan el desarrollo de
nuevas estrategias que dan un valor agregado a la labor fiscal así como el desarrollo de otras
que permitan ser un efecto multiplicador entre quienes conforman la EFS.
7. Los convenios suscritos han contribuido en establecer relaciones entre las entidades
autónomas para una mejora continua y p romover la investigación conju nta para el
mejoramiento c onstante de las técnicas de control y fiscalización .
8. Se observa el avance considerable de unas EFS en el desempeño de sus auditorías y otras en
las que aún no cuentan con unidades de auditoria que ejerzan el control fiscal a nivel de las
macro finanzas del Estado .
VI. RECOMENDACIONES:
1. Promover marcos de entendimiento en las EFS y otras entidades autónomas a efecto de
apoyar el intercambio de conocimientos y se avance de una manera uni forme en el
procesos de fiscalización.
2. La comunicación continua entre la s instituciones así como una información en las redes
debe ser fluida , pertinente y actualizada.
3. Qu e la OLACEF S pueda seguir apoyando las EFS para que a través de relaciones mutuas
con las entidades autónomas promueva el intercambio de experiencias y resultados por
medio de la investigación y ejercicio cotidiano, intercambio de información en materia de
control fiscal, elab orar programas de cooperación , cursos de capacitación y efectuar
intercambio de especialistas .
4. Que se publique información al alcance de las EFS en los cuales se permita gestionar
apoyo sobre las áreas que requieren mayor atención en la ejecución de control fiscal .
5. Promover una cultura entre las entidades autónomas estén accesibles de proporcionar
información a las EFS a fin de facilitar una evaluación al control fiscal
Nota: El texto extraído es sólo una aproximación del contenido del documento, puede contener caracteres especiales no legibles.