PROPUESTA PARA MECANISMO DE DEFENSA RÁPIDA DE LA INDEPENDENCIA DE LAS EFS DE LA OLACEFS (MEDRI – OLACEFS)

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14th Abr 2022

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PROPUESTA PARA MECANISMO DE DEFENSA RÁPIDA DE LA
INDEPENDENCIA DE LAS EFS DE LA OLACEFS
(MEDRI – OLACEFS )

ÍNDICE

I. Antecedentes de contexto ………………………….. ………………………….. …………………. 2
II. Denominación del Mecanismo y Justificación ………………………….. …………………… 4
III. Objetivos ………………………….. ………………………….. ………………………….. ……………. 4
IV. Enfoque metodológico de trabajo ………………………….. ………………………….. ……….. 4
V. Productos y/o resultados esperados ………………………….. ………………………….. …… 6
VI. Cronograma general ………………………….. ………………………….. ………………………… 6
VII. Plazo: ………………………….. ………………………….. ………………………….. ………………… 7
VIII. Gastos ………………………….. ………………………….. ………………………….. ………………. 8

ANEXOS:
Anexo N° 1: Formulario de solicitud de evaluación del caso.
Anexo N° 2: Procedimiento del Mecanismo de Defensa Rápida de la Independencia de
las EFS de la OLACEFS
Anexo N° 3: Glosario de Términos
Anexo N° 4: Declaraciones emitidas por la IDI en el marco del SIRAM

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MECANISMO DE DEFENSA RÁPIDA DE LA INDEPENDENCIA DE LAS EFS DE
LA OLACEFS

I. Antecedentes de contexto
De acuerdo a lo establecido en las Declaraciones de Lima y de México, es fundamental
defender la independencia de la auditoría en la Administración Pública , así como
protegerla de injerencias externa s, pues solo así se podrá cumplir el mandato de
cualquier Entidad Fiscalizadora Superior (EFS) .
Por independencia se deben entender todos los aspectos del concepto: independencia
financiera, para contar con los recursos financieros y presupuestarios necesarios para
cumplir con su mandato; independencia para esta blecer sus propios planes de control;
independencia de interferencia política con sus autoridades y profesionales, en todo su
accionar.
En las Resoluciones 66/209 de 2011 y 69/228 de 2014 de la Asamblea General de las
Naciones Unidas, se reconoció el papel que desempeñan las EFS en la promoción de
la eficiencia, la rendición de cuentas, la eficacia y la transparencia de la administración
pública, que promueve el logro de los objetivos de desarrollo nacionales y los objetivos
de desarrollo acordados internacionalmente.
En la Agen da de Acción de Addis Ab eba sobre Financiamiento para el Desarrollo,
aprobada por la Resolución 69/313 de 2015 de la Asamblea General de las Naciones
Unidas, los Estados miembros se compromet ieron a fortalecer los mecanismos de
control nacional, tales como las EFS , y a fomentar la movilización y uso eficaz de los
recursos públicos nacionales.
Con base a ello, la INTOSAI incluyó la independencia de las EFS como una prioridad
transversal en su actual Plan Estratégico , y en consecuencia , la Iniciativa de Desa rrollo
de la INTOSAI (IDI) también lo consid eró en su Plan Estratégico 2019 -2023 . El objetivo
es aumentar el apoyo a las EFS para lograr y mantener una mayor independencia, y
mediar en el apoyo a la independencia de las EFS entre las partes interesadas. Es to se
hará mediante la promoción y el apoyo global, el apoyo específico en los países y las
asociaciones eficaces a nivel global, regional y nacional.
Uno de los primeros resultados del componente de promoción y apoyo global es el
establecimiento de un Me canismo de Defensa Rápida de la Independencia de las EFS
(SIRAM , por sus siglas en inglés). Este mecanismo ayuda a la comunidad de la INTOSAI
a dar una respuesta adecuada y oportuna a los nuevos acontecimientos políticos,
constitucionales o institucionales que puedan afectar negativamente a la independencia
de una EFS. Esas amenazas pueden manifestarse a través de enmiendas a la
constitución de un país, cambios en el presupuesto o en la ley de auditoría, intentos de
destituir al jefe o jefes de la EFS, retr asos en el proceso de nombramiento del jefe de la
EFS o incluso la propuesta de desclasificación de la propia EFS. A través del SIRAM, la
IDI apoya a las EFS y a las partes interesadas externas en la organización de una
respuesta a estas, o a cualquier otr a, amenaza a la independencia de la EFS .

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El SIRAM consta de cuatro etapas: i) la recopilación de información ; ii) la evaluación del
caso a través de contactos con las partes interesadas apropiadas ; iii) la emisión de una
respuesta ya sea a través de pronun ciamientos, provisión de apoyo de defensa
específico en el país, a nivel mundial o regional, misiones en el país para
comprometerse con las partes interesadas , etc.; iv) seguimiento y monitore o de cómo
se desarrolla la situación durante y después de la eta pa de respuesta . Los casos solo
pueden ser procesados con la aprobación de la EFS en cuestión
A continuación, se detalla la relación de declaraciones emitidas por la IDI que se deriva n
de la aplicación de SIRAM.
Tabla N° 1: Declaraciones de las EFS a las que se ha aplicado SIRAM
N° Declaración Fecha EFS
1
Carta del Director General de la IDI a la Presidencia
de la OLACEFS, expresando p reocupaciones respecto
a la independencia de la Contraloría General del
Ecuador
Abril 2022 Ecuador
2
Declaración conjunta de INTOSAI, IDI y AFROSAI -E
sobre el Auditor General y el Auditor General Adjunto
de Sierra Leona
Noviembre 2021 Sierra Leona
3 Declaración de la IDI sobre la Contraloría General de
la República de Colombia Noviembre 2021 Colombia
4 Declaración de la IDI sobre Myanmar (Birmania) Marzo 2021 Birmania
5 Declaración de la IDI sobre la Oficina de Auditoría de
la República de Chipre Febrero 2021 Chipre
6 Declaración de la IDI sobre hechos recientes en el
Servicio de Auditoría de Ghana Julio de 2020 Ghana
7 Declaración de la IDI sobre la legislación de auditoría
propuesta en Somalia Noviembre 2019 Somalia
8 Declaración conjunta de la Secretaría General de la
INTOSAI y la IDI sobre la EFS de Macedonia del Norte Noviembre 2019 Macedonia del
Norte
9 Declaración de la IDI sobre el reposicionamiento
institucional de la EFS de Chad Octubre 2018 Chad
Fuente: Iniciativa para el Desarrollo de la INTOSAI Elaboración: Contraloría General de la República del Perú
Actualmente se han recibido comentarios de varias EFS, mismos que se han
incorporado a la presente propuesta, y algunos más en discusión para una próxima
versión actualizada de esta propuesta.

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II. Denominación del Mecanismo y J ustificación
La denominación de este instrumento se rá “Mecanismo de Defensa Rápida de la
Independencia de las EFS de la OLACEFS” (MEDRI) , en el marco las declaraciones de
Lima y de México, así como Objetivo de Desarrollo Sostenible 16: Paz, Justicia e
Instituciones Sólidas ”.
Durante la XXX Asamblea Ordinaria de la OLACEFS, realizada del 0 1 al 0 3 de diciembre
del 2021 en la ciudad de Cartagena, Colombia, se rechazó de manera unánime las
amenazas, presiones e injerencias que cuestionan o p onen en riesgo la independencia
de las EFS del continente. En la Declaración de Cartagena , suscrita al cierre del evento ,
se incluyó como primer punto lo siguiente:
“El pleno de la Asamblea General de OLACEFS, conocedores de las diversas
amenazas, presiones o injerencias que intentan cuestionar o poner en riesgo la
independencia d e las Entidades Fiscalizadoras Superiores, rechaza este tipo de
conducta por parte de los procesados o vigilados que se prese nten en nuestros
países”.
La Asambl ea aceptó una petición de las EFS de Argentina y Colombia para que se cree
un mecanismo ágil de defensa rápida de la independencia de los organismos de control
cuando esta se ve amenazada, algo similar al procedimiento conocido como SIRAM que
aplica la IDI , pero que actué en adición al mismo, constituyéndose en una opción
adicional para lograr los objetivos propuestos.
Con base en ello, la Asamblea de la OLACFES autorizó a su Presidente para que,
mientras se formaliza este procedimiento, pueda hacer pronunc iamientos en defensa de
la independencia de sus miembros . Cabe resaltar que el MEDRI se constituirá como un
mecanismo paralelo al SIRAM y no busca sustituirlo.

III. Objetivos
3.1 Objetivo General
Promover y salvaguardar la independencia de las EFS que integran la
OLACEFS.
3.2 Objetivos Específicos
✓ Elaborar un procedimiento de mecanismo de defensa rápida a la
independencia de las EFS de la OLACEFS.
✓ Fomentar el intercambio y difu sión en el portal y las redes sociales de
la Presidencia de la OLACEFS , en materia de las decisiones tomadas
en materia de independencia de las EFS de la Organización
Regional.

IV. Enfoque metodológico de trabaj o
La Presidencia de la OLACEFS desarrollará su trabajo con base en un procedimiento
ágil y de rápida respuesta , el cual se rá presentado en el Consejo Directivo de nuestra

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Organización Regional . Dicho procedimiento contendrá las actividades, plazos y
responsables. Asimismo, la inclusión, alteración o exclusión de actividades o cualquier
otra modificación importante dependerá de la complejidad de los casos.
Las solicitudes de evaluación de caso pueden ser presentadas solamente por los
titulares de las EFS objeto de la presunta vulneración de independencia, o quien haga
sus veces 1. Las solicitudes podrán ser presentadas a la P residencia de manera virtual
a la cuenta de correo electrónico que la Presidencia de la OLACEFS establezca para tal
fin, e incluir:
i. Carta Firmada por el Titular de la EFS o quien haga sus veces ;
ii. Formulario de solicitud de evaluación del caso (ver Anexo N° 01) ;
iii. Documentos de sustento que se estime pertinentes.
La Presidencia notificará mediante comunicación electrónica a los Miembros del
Consejo Directivo sobre el ingreso de una solicitud de intervención del MEDRI, así como
sobre el inicio de las acciones correspondientes a la activación de una evaluación del
MEDRI.
Para la consecución de sus objetivos, la Presidencia de la OLACEFS podrá realizar
reuniones y/o entrevistas , virtuales o presenciales, a las EFS solicitantes . La
convocatoria a dichas reuniones será realizada por la Presidencia de la Organización
Regional , quien también será la encargada de elaborar el acta respectiva de las
reuniones.
Las decisiones se respaldarán mediante una carta suscrita de la Presidencia de la
OLACEFS a la EFS solicitant e y las partes interesadas 2, previa evaluación con base a
la información proporcionada por la EFS solicitante. De presentarse casos con cierta
complejidad del tema , se procederá a solicitar opinión del Comité Asesor Juríd ico de la
OLACEFS.
De considerarlo necesario la Presidencia podrá solicitar la gestión de asistencia técnica 3
de agencias de Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales como
la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico ( OCDE ), GIZ,
la Iniciativa de Desarrollo de la INTOSAI (IDI), entre otros, que permitan lograr los
objetivos propuesto s.
La Presidencia de la OLACEFS someterá las decisiones adoptadas a la consideración
de l os miembros del Consejo Directivo de la OLACEFS, para su aprobación mediante
una reunión extraordinaria virtual. Dichas reuniones extraordinarias virtuales del
1 En caso la presunta vulneración de la independencia de la EFS involucre la remoción del titular de la EFS,
la solicitud podrá ser presentada por la siguiente autoridad en jerarquía de la EFS. 2 Las partes interesadas serán aquellas enumeradas por la EFS S olicitante en el formulario de solicitud de
evaluación del caso, así como aquellas que sean identificadas por la Presidencia en el curso de su
evaluación del caso. 3 Se entenderá “asistencia técnica” a todo apoyo brindado en materia de conocimientos espec ializados,
tales como el proporcionar profesionales especialistas o consultores en el marco constitucional y/o
normativo del país en el que se da la presunta vulneración de la independencia.

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Consejo Directivo quedarán exentas del plazo mínimo de convocatoria de quince días
establecido por e l Art. 20° del Reglamente de la Carta Constitutiva de la OLACEFS.
Los idioma s oficial es que se manejarán para las comunicaciones a las partes
interesadas serán el español, portugués e inglés , dependiendo al uso del idioma de la
EFS solicitante y partes interesadas.
Asimismo, se propiciará la difusión de las decisiones de respaldo en materi a de
independencia de las EFS en el portal y las distint as redes sociales de la OLACEFS, a sí
como el intercambio c on otros grupos regionales (EUROSAI, ARABOSAI, AFROSAI y
ASOSAI , por ejemplo ).
Finalmente, la Presidencia realizará una supervisión y seguimie nto posterior a los casos
evaluados y presentará un informe en la siguiente sesión del Consejo Directivo a la
notificación de la comunicación de respaldo a la independencia de la EFS en cuestión .
El seguimiento posterior a la implementación de las recomend aciones se realizará
mediante reuniones virtuales periódicas con la EFS objeto del pronunciamiento y las
partes interesadas relacionadas, a fin de tomar conocimiento sobre cualquier cambio o
cambios, si los hubiese, en la situación objeto del pronunciamien to. La periodicidad de
las reuniones y otros mecanismos ad hoc de seguimiento al estado del caso será
establecida como parte de las recomendaciones en el informe de la Presidencia sobre
el caso.

V. Productos y/o resultados esperados
En línea con los objetivos señalados , cuya finalidad es c oadyuvar a la defensa de la
independencia de las EFS , la Presidencia de la OLACEFS plantea conseguir lo s
siguientes productos y resultados señalad os en la Tabla N° 2.
Tabla N° 2: Productos y Resultados
N° Produc tos Resultados
1 Un (01) informe ejecutivo de evaluación del caso. Defender y respaldar la
independencia y
autonomía de las
funciones de las EFS
que integran la
OLACEFS .
2 Una (01) Carta suscrita por la Presidencia de la
OLACEFS informando al Consejo Directivo.
3
Carta suscrita por la Presidencia de la OLACEFS
informando el respaldo de la Organización Regional
a las partes interesadas.
Elaboración: Contraloría General de la República del Perú

VI. Cronograma general
En la Tabla N° 3 se presenta un cronograma general de las actividades
principales para la aplicación del mecanismo , el cual podría estar sujeto a
modificaciones .

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Tabla N° 3: Cronograma General de las tareas principales para la
aplicación del mecanismo
Acti vidades Cantidad de
Días Hábiles
1. Recepción, análisis , elaboración de informe del caso
La Presidencia de la OLACEFS recibirá formalmente la
solicit ud de apoyo de la EFS, y procederá recopilar
información sobre la situación reportada, así como las
posiciones de las partes involucradas, y a analizar la
situaci ón y el contexto, para sí determinar la situación
exacta que la EFS considera una amenaza y sus efectos
sobre la entidad. Esta fa se incluirá la recopilación de
documentación de sustento y un mapa del contexto para
un informe sobre el caso. El inicio de las acciones será
notificado a los miembros del Consejo Directivo.
7 días
2. Reuni ón virtual , entrevista u otros
Sobre la base del mapeo de contexto y la identificación de
partes interesadas, la Presidencia realizará reuniones y
entrevistas virtuales con la EFS y otras partes interesadas,
con la finalidad de recopilar información de primera mano,
así como para identificar potencia les cursos de acción
futuros en caso se verifique que la independencia de la
EFS se ha visto afectada.
En caso se estime pertinente , la Presidencia podrá
continuar con el proceso y/o solicitar la opinión de la CAJ y
otros organismos internacionales antes de informar al
Consejo Directivo.
3 días
3. Informar al Consejo Directivo de la OLACEFS
La Presidencia informará al Consejo Directivo de la
OLACEFS sobre el resultado del análisis y sobre su
determinación respecto a la existencia o no de una
afectación a la independencia de la EFS.
Junto con el análisis del caso, la Presidencia presentará
una recomendación de curso de acción y una
identificación de las potenciales partes interesadas con las
que se podría entablar contacto.
1 día
4. Consejo Directivo de la OLACEFS decide, de manera
virtual, sobre el informe de la Presidencia
Los Miembros del Consejo Directivo evaluarán la
información proporcionada por la Presiden cia,
realizándose a continuación una reunión virtual
extraordinaria del Consejo Directivo para dictaminar sobre
el informe de la Presidencia y el curso de acción propuesto
en el mismo.
3 días
5. Informar a las partes interesadas
La Presidencia remitirá su respuesta sobre el caso a la
EFS solicitante, así como a las partes interesadas que
estime pertinente.
Una vez remitidos los pronunciamientos del Consejo
Directivo a la EFS y las partes interesadas, de ser el caso,
se procederá con la implementación del curso de acción
recomendado por la Presidencia y aprobado por el
Consejo Directivo.
1 día
Total 15 días
Elaboración: Contraloría General de la República del Perú

VII. Plazo:
Se considera dos plazos para la aplicación del mecanismo:

8

1. El plazo general del mecanismo es de 1 5 días hábiles .
2. Para los casos que impliquen una mayor evaluación, se está considerando
elevar al Comité de Asesor Jurídico (CAJ) de la OLACEFS ; y en un plazo no
mayor a 5 días hábiles se tenga opinión de dicho comité.
VIII. Gastos
De darse el caso de que la etapa de evaluación requiriese la realización de una visita
presencial al país de la EFS solicitante, l a Presidencia de la OLACEFS gestionará el
apoyo financiero requerido de organismos i nternacionales , tales como Naciones Unidas,
BID, BM, GIZ, OECD, IDI, entre otros; a fin de que la disponibilidad financiera de la
OLACEFS no se vea comprometida .
Se someterá a la consideración de la Asamblea General la inclusión de una reserva de
continge ncia en el presupuesto de la OLACEF para financiar la realización de visitas
presenciales, a ser utilizada en el caso de que no se logré obtener el apoyo financiero
de un organismo internacional o entidad cooperante.

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Anexo N° 1
Formulario de solicitud de evaluación del caso.

Elaboración: Contraloría General de la República del Perú

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Anexo N° 2
Procedimiento del Mecanismo de Defensa Rápida de la Independencia de las EFS de la OLACEFS

* Naciones Unidas, BID, BM, OECD , IDI, entre otros. Elaboración: Contraloría General de la República del Perú Propuesta de Mecanismo de Defensa Rápida a la Independencia de las EFS en la OLACEFS
Recepción de Solicitudes
Evaluación
Información
Comunicación
Seguimiento
Formulario
de solicitud
1. Recepción
de solicitudes
2. Elaboración de
Documentación
3. Realización
de entrevistas
¿Amerita
pronunciamiento 4. Evaluación de
la CAJ
6. Informar al
Consejo Directivo
7. Respuesta a la EFS y
partes interesadas
Carta de
Presidencia
8. Realizar el
seguimiento
Se informa que no se
dieron los resultados
esperados
NO
SI
Archivo y
respuesta a EFS
Se cierra
¿Amerita
opinión CAJ?
SI
5. Opinión
Presidencia
NO
¿Se logró
resultado?
SI
NO
¿Amerita apoyo de
Org . Internacionales?*
NO
Gestión de
apoyo de Org .
Internacionales
SI Realización
de trabajo de
campo
7. Aprobación del
Consejo Directivo

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Anexo N° 3
Glosario de Términos

BID Banco Interamericano de Desarrollo
BM Banco Mundial
CAJ Comité Asesor Jurídico de la OLACEFS
EFS Entidad Fiscalizadora Superior
GIZ Cooperación Alemana al Desarrollo
IDI Iniciativa para el Desarrollo de la INTOSAI
INTOSAI Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras
Superiores
MEDRI Mecanismo de Defen sa Rápida de la Independencia de las
EFS de la OLACEFS
OECD Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económico
OLACEFS Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades
Fiscalizadoras Superiores
SIRAM Mecanismo de Promoción Rápida de la Independencia de
las EFS

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Anexo N° 4
Declaraciones emitidas por la IDI en el marco del SIRAM
EFS Ecuador – Abril 2022

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EFS Sierra Leona – Noviembre 2021

15

16

EFS Colombia – Noviembre 2021

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18

19

EFS Birmania – Marzo 2021

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21

22

EFS Chipre – Febrero 2021

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EFS Ghana – Julio 2020

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EFS Somalia – Noviembre 2019

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EFS Macedonia del Norte – Noviembre 2019

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35

EFS Chad – Octubre 2018

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37

Nota: El texto extraído es sólo una aproximación del contenido del documento, puede contener caracteres especiales no legibles.

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