Propuesta inicial y Documento Guía Tema Técnico 2 – 2021

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25th Nov 2021

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“ DERECHOS HUMANOS, UN DESAFÍO PARA
LAS ENTIDADES FISCALIZADORAS
SUPERIORES ”
TEMA TÉCNICO Nº 2
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
PARAGUAY

Propuesta inicial
XXX Asamblea General

2

1. PRESENTACION
Los Derechos Humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos,
sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión
o cualquier otra condición. Entre los derechos humanos se incluyen el derecho
a la vida y a la libertad; a no estar sometido ni a esclavitud ni a torturas; a la
libertad de opinión y de expresión; a la educación y al trabajo, entre otros
muchos. Estos derechos corresponden a todas las personas, sin discriminación
alguna.
El derecho internacional de los derechos humano s establece la obligación de los
Gobiernos a actuar de una manera determinada o abstenerse de emprender
ciertas acciones, para promover y proteger los derechos humanos y las
libertades fundamentales de los individuos o de los grupos. 1
El rol de los Estado s para el ejercicio pleno de los derechos humanos de las
personas se ve afectado notablemente por la corrupción, que es un problema en
todos los países del mundo y pese a los esfuerzos de muchos gobierno s en el
desarrollo de políticas públicas para enfrent arla, queda aún mucho por hacer.
La C omisión Interamericana de Derechos Humanos, C IDH , consideró a la
corrupción como un fenómeno caracterizado por el abuso o desviación del poder
encomendado, que puede ser público o privado, que desplaza el interés públi co
por un beneficio privado (personal o para un tercero), y que daña la
institucionalidad democrática, el Estado de Derecho y afecta el acceso a los
derechos humanos. 2
La corrupción y la impunidad afectan de manera directa al ejercicio pleno de los
Derech os Humanos de las personas. Es una de las causas de la pobreza, afecta
generalmente a los más necesitados en materia de salud, educación,
alimentación, ambiente y vivienda, entre otros.
Sus consecuencias se materializan en falta de insumos e infraestructur a
adecuada en los hospitales públicos, educación deficiente, falta de servicios
básicos como agua potable, caminos, transporte público, servicio eléctrico,
alcantarillados sanitarios, entre otros, que impiden alcanzar una vida digna.
El rol de las Entidades Fiscalizadoras Superiores en el combate contra la
corrupción es clave para mejorar el ejercicio de estos derechos, por eso todo
control gubernamental que se ejerce sobre la gestión pública implica la
promoción y d efensa de los Derec hos Humanos.
1 https://www.un.org/es/global -issues/human -rights 2 https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/Resolucion -1-18 -es.pdf

3

El control gubernamental colabora en la m ejora de la calidad de vida,
garantizando el acceso a una vida digna que permita el desarrollo personal y
colectivo de los seres humanos.
Las Instituciones de control tienen la obligación, además, de pr evenir y combatir
los posibles actos de corrupción a nivel interno para ello, cuenta con varias
herramientas e instrumentos políticos y normativos que aseguran la ética del
servidor público .
Numerosa bibliografía destaca el valor de la participación de la ciudadanía en
promoción y defensa de los Derechos Humanos. Es por ello que resulta
im perioso empoderar a l a sociedad civil en el ejercicio del control social y político
sobre la gestión del Estado, en la vigilancia sobre la toma de decisiones de
interés g eneral que contribuyan a la mejora de bienes y servicios públicos, a
través de una continua comunicación y cooperación entre entidades públicas, las
EFS y los ciudadanos para la detección oportuna de actos de corrupción que
impactan de manera considerable en los Derechos Humanos.
2. JUSTIFICACION DEL TEMA
¿POR QUÉ EL ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS ES IMPORTANTE
PARA EL CONTROL GUBERNAMENTAL?
2.1. Control gubernamental
El control gubernamental es un sistema y un conjunto ordenado de
procedimientos que tiene como finalidad velar por el cumplimiento de los
procesos y resultados de la gestión de las instituciones públicas , cuya función, a
su vez, es la de ser garante de los derechos humanos de todas las personas.
2.2. La rendición de cuentas y el Enfoque de Derechos human os
La rendición de cuentas es un aspecto fundamental para la gobernabilidad de
los países (entendida ésta como la capacidad de los gobiernos para usar
eficazmente los recursos públicos en la satisfacción de las necesidades
comunes), y constituye un princip io de la vida pública, mediante el cual, los
funcionarios depositarios de la voluntad del pueblo están obligados a informar,
justificar y responsabilizarse públicamente por sus actuaciones. Se constituye
por mecanismos políticos, sociales y jurídicos de co ntrol vinculados en forma de
redes de intercambio. 3
La rendición de cuentas es crucial en el enfoque basado en derechos humanos
(EBDH ). Desde este EBDH la consecución de los objetivos de desarrollo y el
3 Declaración de Asunción, Principios sobre Rendición de Cuentas. XIX Asamblea General de
la OLACEFS.

4

cumplimiento de los derechos humanos son dos caras de un mismo proceso. El
EBDH ha agregado legitimidad a los objetivos de desarrollo, al transformar el
lenguaje de las necesidades en un lenguaje de los de rechos. También ha
introducido el análisis de la responsabilidad de diferentes actores y la ubicación
de la rendición de cuentas por fallas dentro de un sistema social. 4
Para un control con EBDH, existen diversas herramientas, entre ellas se destaca
la a uditoría de desempeño, que es una revisión independiente, objetiva y
confiable sobre si las acciones, sistemas, operaciones, programas, actividades
u organizaciones del gobierno operan de acuerdo con los principios de
economía, eficiencia y eficacia, y sob re si existen áreas de mejora , esta mirada
holística sobre los derechos de las personas permite ir más allá de una mera
observación economicista o financiera sobre la gestión de Estado.
2.3. Los ODS y la Agenda 2030
Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) constituyen un llamamiento
universal a la acción para poner fin a la pobreza, proteger el planeta y mejorar
las vidas y las perspectivas de las personas en todo el mundo. En 2015, todos
los Estados Miembros de las Naciones Unidas aprobaron 17 Objetivos com o
parte de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en la cual se establece
un plan para alcanzar los Objetivos en 15 años.
A fin de entender el importante vínculo entre un EBDH, la agenda 2030, la
rendición de cuentas y el control gubernamental, cons ideramos que el
argumento expuesto en el marco de la ponencia del Tema Técnico N° 2
“Auditorías de Desempeño en la Evaluación de los Objetivos de Desarrollo
Sostenible ”, a cargo de la EFS Coordinadora , Contraloría General de la
República de Colombia , en ju nio de 2017, desarrolla de manera magistral el
asunto:
“La agenda 2030 se sustenta en el enfoque basado en los derechos humanos
(EBDH), cuyo fin es analizar las desigualdades que caracterizan el desarrollo y
corregir las prácticas discriminatorias y el injusto reparto del poder que
obstaculizan el desarrollo. Este enfoque normativamente se basa en las normas
internacionales de derechos humanos y operacionalmente está orientado a la
promoción y la protección de los DDHH.
En el EBDH, el objetivo principal de la formulación de las políticas y los
programas desarrollo debe ser la realización de los derechos humanos; se centra
en los grupos de población marginados, excluidos y discriminados para
4 3rd ECPR Graduate Conference, Section: Political Development. Panel: External Actors and
Developing States. Paper 349. Dublin City University 1 September 2010. “How to build
institutional capacity in developing countries: the case of supreme audit institutions.” Katharina
Noussi, University of Vienna

5

garantizar que las intervenciones lleguen c on prioridad a estos segmentos;
desarrolla la capacidad de los titulares de obligaciones para cumplirlas y de los
titulares de derechos para reivindicarlos.
Los principios de los DDHH guían todo el ciclo de las políticas, programas y
proyectos. Estos princ ipios son: universalidad e inalienabilidad, interdependencia
e interrelación, indivisibilidad, no discriminación e igualdad, participación e
inclusión, responsabilidad y obligación de rendir cuentas (accountability) y el
imperio de la ley. La Agenda 2030, prioriza los valores universales de igualdad,
justicia y seguridad.
Los gobiernos deben respetar, proteger y hacer cumplir cada derecho. Respetar
un derecho significa abstenerse de interferir en su disfrute; protegerlo es evitar
que otras partes interfiera n en dicho goce y; hacerlo cumplir (garantizarlo) implica
adoptar medidas activas para poner en práctica leyes, políticas y procedimientos,
incluida la asignación de recursos, que permitan a las personas disfrutar de sus
derechos.
El EBDH propende por el cumplimiento de los derechos de las personas, en lugar
de la satisfacción de las necesidades de los beneficiarios. Así, mientras las
necesidades no atendidas conducen a la insatisfacción, los derechos que no se
respetan derivan en su violación, ante lo cua l legalmente es posible reclamar la
compensación o la reparación.” 5
2.4. Pueblos indígenas
Los pueblos indígenas y las minorías sufren, en forma especial, los efectos de la
corrupción. Por lo general se encuentran entre los grupos más vulnerables y con
mayor d esventaja dentro de la sociedad. Las mujeres indígenas o pertenecientes
a una minoría están expuestas a riesgos incluso mayores.
La vulneración de derechos que sufren muchas comunidades indígenas, por
carecer de acceso equitativo a la educación es enorme, porque impacta de
manera global, impidiendo a las comunidades ejercer otros derechos
fundamentales. No tienen acceso a la información pública necesaria, ni a los
mecanismos o herramientas oportunas para denunciar y reclamar a las
autoridades.
La falta de acceso a la justicia agrava los riesgos de sufrir perjuicios
desproporcionados. Rara vez se escuchan las voces indígenas en las
discusiones políticas por lo que estas poblaciones tienen muy poca influencia
5 https://www.olacefs.com/wp -content/uploads/2017/08/01 -Propuesta -Inicial -y-Documento –
Gui%cc%81a.pdf

6

sobre el diseño y la implementación de las polític as y programas anticorrupción
que pudieran mejorar su nivel de vida.
Las comunidades indígenas, están muy vinculadas a la tierra en la que viven de
forma colectiva, por lo que son particularmente vulnerables a la corrupción no
sólo en los proyectos de infr aestructura (grandes represas donde pueden ser
desplazados), sino que, también, se ven afectados cuando existe corrupción en
la venta y registro de tierras.
2.5. Corrupción y Derechos Humanos
Los estándares de derechos humanos, como se establecen en los principales
tratados internacionales y las legislaciones nacionales, imponen obligaciones a
los Estados. La corrupción genera un impacto negativo en la democracia, en el
respeto a los derechos h umanos y en la ética ciudadana; socaba la confianza de
los ciudadanos para con sus autoridades, en todos los niveles e instituciones del
Estado.
Debilita la legitimidad del Estado y con ello su fundamento democrático, afecta
el correcto funcionamiento de l a administración pública, el patrimonio estatal, la
ética en el ejercicio de funciones públicas.
Es responsabilidad de todos los Estados mejorar la transparencia y la eficiencia
de la gestión pública, brindar soluciones efectivas y en igualdad de condicion es
a todos los problemas sociales.
En la medida que se promueva la eficiencia en la gestión pública y se oriente la
gestión hacia la obtención de resultados y el establecimiento de claros esquemas
de responsabilidad y la rendición de cuentas de quienes man ejan recursos
públicos, aumentará el acceso a la justicia y el ejercicio de los Derechos
humanos.
El intercambio de experiencias y buenas prácticas se constituye en una brillante
oportunidad que tenemos todas las EFS de la región a fin de ahondar esfuerzos
para el ejercicio pleno de los Derechos Humanos.
2.6. Pandemia y Derechos Humanos
Las Américas y el mundo se enfrentan actualmente a una emergencia sanitaria
global sin precedentes ocasionada por la pandemia del virus que causa el
COVID -19, ante la cual las me didas adoptadas por los Estados en la atención y
contención del virus deben tener como centro el pleno respeto de los derechos
humanos.
La pandemia del COVID -19 puede afectar gravemente la plena vigencia de los
derechos humanos de la población en virtud de los serios riesgos para la vida,

7

salud e integridad personal que supone el COVID -19; así como sus impactos de
inmediato, mediano y largo plazo sobre las sociedades en general, y sobre las
personas y grupos en situación de especial vulnerabilidad.
Las Amér icas es la región más desigual del planeta, caracterizada por profundas
brechas sociales en que la pobreza y la pobreza extrema constituyen un
problema transversal a todos los Estados de la región; así como por la falta o
precariedad en el acceso al agua p otable y al saneamiento; la inseguridad
alimentaria, las situaciones de contaminación ambiental y la falta de viviendas o
de hábitat adecuado. A lo que se suman altas tasas de informalidad laboral y de
trabajo e ingresos precarios que afectan a un gran número de personas en la
región y que hacen aún más preocupante el impacto socioeconómico del COVID –
19. Todo esto dificulta o impide a millones de personas tomar medidas básicas
de prevención contra la enfermedad, en particular cuando afecta a grupos en
situación de especial vulnerabilidad. 6
La desigualdad histórica que afecta a Latinoamérica, en lugar de ser abordada
con políticas públicas que garanticen la equidad, se está agravando por la
desigualdad en el acceso a las vacunas anti -covid -19. Mientras al gunos países
lograron avanzar en su proceso de vacunación, como por ejemplo, Israel, Reino
Unido y Estados Unidos, otros países tienen cero vacunas o muy pocas,
generando un riesgo global por la posible generación de nuevas variantes en
países en los que e l contagio sigue avanzando. Es urgente fortalecer
mecanismos de acceso a vacunas para todos los países y seguir discutiendo la
pertinencia de establecer normativas internacionales que flexibilicen las leyes de
patentes de las mismas.
3. ANTECEDENTES

3.1. El Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos . 7
Es el conjunto de normas sustantivas y procesales, así como de organismos con
alcance internacional, pertenecientes a la Organización de las Naciones Unidas
(ONU). El sistema dispone de diferentes instancias, mecanismos y organismos
destinados a la protección de los derechos humanos.
3.2. Declaración universal de los Derechos humanos . 8
La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento que marca
un hito en la historia de los derechos humanos. Elaborada por representantes de
todas las regiones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos y culturales,
la Declaración fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
6 Resolución 1/2020 CIDH. https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/Resolucion -1-20 -es.pdf 7 https://www.ohchr.org/SP/AboutUs/Pag es/HowItWorks.aspx 8 https://www.ohchr.org/EN/UDHR/Documents/UDHR_Translations/spn.pdf

8

en París, el 10 de diciembre de 1948 en su (Resolución 217 A (III)) como un ideal
común para todos los pueblos y naciones. La Declaración establece, por primera
vez, los derechos humanos fundamentales que deben protegerse en el mundo
entero .
3.3. Convención de las Naciones Unidas contra la C orrupción . 9
Fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante la
Resolución N° 58/4, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el
31 de octubre de 2003, y suscrita por la República del Paraguay el 9 de diciembre
de 2003, en la ciudad de Mérida, está ratificada en Paraguay por la Ley N° 2535 .
3.4. Convención Interamericana Contra la Corrupción . 10
En 1996, los Estados miembros de la OEA adoptaron el primer instrumento
jurídico internacional anticorrupción y en 2002 pusiero n en marcha el mecanismo
que evalúa su cumplimiento. La Convención Interamericana contra la Corrupción
y el Mecanismo de Seguimiento de su implementación (MESICIC) constituyen,
desde entonces, los principales instrumentos de cooperación para prevenir,
dete ctar, sancionar y erradicar la corrupción en las Américas. 11
De acuerdo con el registro oficial de la Secretaría General de la OEA, la
República del Paraguay ratificó la Convención Interamericana contra la
Corrupción el día 29 de noviembre de 1996 y depositó el instrumento respectivo
de ratificación el día 28 de enero de 1997.
Asimismo, la República del Paraguay suscribió la Declaración sobre el
Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención
Interamericana contra la Corrupción, el día 4 de junio de 2001, con ocasión de la
Asamblea General de la OEA en San José, Costa Rica.
3.5. Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) . 12
Se inició formalmente con la aprobación de la Declaración Americana de los
Derechos y Deberes del Hombre en la Novena Conferencia Internacional
Americana celebrada en Bogotá en 1948, en el marco de la cual también se
adoptó la propia Carta de la OEA, que pr oclama los «derechos fundamentales de
la persona humana» como uno de los principios en que se funda la Organización.
Como un primer instrumento internacional, el 29 de marzo de 1996 fue adoptada
la Convención Interamericana contra la Corrupción (CICC) en el marco de la
9 https://www.unodc.org/documents/mexicoandcentralamerica/publications/Corrupcion/Convencion_de_las_NU_contra_la_Corrupcion.pdf 10 http://www.oas.org/es/sla/ddi/docs/tratados_multilaterales_interamericanos_B -58_contra_Corrupcion.pdf 11 http://www.oas.org/juridico/s panish/folleto_mesicic.pdf 12 http://www.oas.org/es/cidh/mandato/que.asp

9

Organización de los Estados Americanos, la cual entró en vigor el 3 de junio de
1997 y a la fecha cuenta con la ratificación de todos los Estados miembros, salvo
Cuba.
El preámbulo de la Convención contra Corrupción, que se indica en su
fundamento, radica en la necesidad de fortalecer y salvaguardar la democracia
como condición indispensable para la estabil idad de los Gobiernos de la región.
3.5.1. Comisión Interamericana de Derechos Humanos . 13

La Comisión Interamericana, “la Comisión” o “la CIDH” tiene como función
principal la promoción y protección de los derechos humanos en las Américas.
Ejerce dichas funcio nes a través de diversos mecanismos, de acuerdo a lo
previsto en los artículos 106 de la Carta de la Organización de los Estados
Americanos (OEA)1 y 41 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos.
En ejercicio de su mandato y frente a la coyuntura regional que ha sido relevada
a través de sus distintos mecanismos, la CIDH presenta un análisis del fenómeno
de la corrupción desde una perspectiva de derechos humanos. Asimismo, la
Comisión realiza un análisis de avances y desafíos, así como de las iniciativas
que permiten consolidar una estrategia a nivel regional, nacional y local para
hacer frente a la necesidad de combatir y erradicar el fenómeno de la corrupción
en el hemisferio.
La CIDH se propone dar cuenta del impacto multidimensional de la corrupción
sobre la democracia, el Estado de Derecho y, particularmente para el goce y
ejercicio de los derechos humanos en el continente. De este modo, en su informe
incluye una serie de recomendaciones para los Estados con el fin de combatir
dicho fe nómeno desde una perspectiva de derechos humanos.
La corrupción desde el enfoque de derechos humanos permite articular
estrategias efectivas para la erradicación de este flagelo regional; conjuntamente
con acciones encaminadas por otros mecanismos de la OE A y del sistema
universal; y que, en particular, fortalezca la cooperación con los Estados.
3.6. Iniciativas internacionales .
Con el fin de atacar el fenómeno de la corrupción se han adoptado importantes
normativas e iniciativas como respuesta a la situación in ternacional, entre ellas
se puede citar, como una primera experiencia relevante en la región, a la Foreign
13 http://www.oas.org/es/cidh/mandato/que.asp

10

Corrupt Practices Act (1977) emitida en la década de los años 70 , en Estados
Unidos.
Dicha normativa evidenció la relevancia de dar tratamiento al te ma de corrupción
con alcances internacionales; posteriormente, a partir de la década de los
noventa, el fenómeno de la corrupción se introdujo plenamente como tema en la
agenda internacional, lo que se tradujo en herramientas multilaterales para
enfrentar la.
3.7. La Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades
Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS ). 14
Es un organismo internacional, autónomo, independiente, apolítico y de carácter
permanente, que nace en 1963, en Caracas, Venezuela; con el Primer Congreso
Latinoamericano de Entidades Fiscalizadoras – CLADEFS, ante la necesidad de
un foro superior para int ercambiar ideas y experiencias relacionadas a la
fiscalización y al control gubernamental, así como al fomento de las relaciones
de cooperación y desarrollo entre dichas entidades. En dicho Congreso se
recomendó la creación de un Instituto Latinoamericano de Control Fiscal, que
realice las funciones de investigación especializada y sirva como centro de
información, enseñanza, coordinación y asesoría mutua entre entidades
fiscalizadoras.
El Grupo de Trabajo Especializado en la Lucha contra la Corrupción
Tra nsnacional (GTCT) fue constituido el 12 de abril de 2019, durante la LXIX
Reunión Anual del Consejo Directivo de la OLACEFS, realizada en Lima, Perú,
con el objetivo de centrar los esfuerzos de las EFS en el combate a la corrupción
en su dimensión transnac ional, propiciando el intercambio de información
oportuna entre organismos de control de la región, para mejorar la ejecución de
procesos de investigación y fiscalización gubernamental.
3.7.1. Declaración de San Salvador »Sobre la lucha contra la corrupción
tran snacional» . 15
Es el primer hito importante para la Lucha contra la Corrupción Transnacional,
que permitió instrumentar la cooperación multilateral para fortalecer las
capacidades de fiscalización y control público de las EFS, dada en la XXIX
Asamblea General de la OLACE FS, en la República de El Salvador, en octubre
de 2019.
El documento permitió instrumentar la cooperación multilateral para fortalecer las
capacidades de fiscalización y control público de las EFS. Además, se
14 https://www.olacefs.com/historia/ 15 http s://www.olacefs.com/declaracion -de -san -salvador -sobre -la-lucha -contra -la-corrupcion –
transnacional/

11

reconocieron otros acuerdos internacionales y regionales, destacando la
Convención de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNCAC), la Agenda
2030 -en particular el ODS 16 -, y el Compromiso de Lima.
4. OBJETIVOS

4.1. Objetivo general.
Poner en valor el enfoque de Derechos Humanos en el control gubernamental.
4.2. Objetivos específicos .

a) Destacar el rol de las EFS en la promoción y defensa de los Derechos
Humanos.
b) Intercambiar experiencias con otras EFS.
c) Identifica r buenas p rácticas, para el combate a la corrupción y la
impunidad.
d) Coordina r acciones e ntre el control estatal y el control social.

5. PREGUNTAS
Las respuestas de las EFS a las siguientes preguntas serán insumos a tener en
cuenta para el desarrollo del tema técnico.
5.1. Preguntas generales en materia de Derechos Humanos

5.1.1. ¿Cuenta su EFS con planes, políticas, programas y/o mecanismos de
formación en materia Derechos Humanos? En caso afirmativo, favor
especifíquelos.
5.1.2. ¿Participa su EFS de plataformas de trabajo y/o intercambio de
experiencias con OSC especializadas en materi a de DDHH?

5.2. Corrupción y Derechos Humanos

5.2.1. ¿Cumple su EFS un rol en el seguimiento e implementación de la
Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción?
5.2.2. ¿Cumple su EFS un rol en el seguimiento e implementación de la
Convención Interamericana Con tra la Corrupción?
5.2.3. ¿Ha participado activamente su EFS en el diseño, elaboración y/o
implementación de planes o políticas a nivel nacional en materia de
anticorrupción?

12

5.3. Enfoque basado en Derechos Humanos y políticas públicas

5.3.1. ¿Su EFS cuenta con un registro de hallazgos que reflejen impacto y/o
indicadores en materia de Derechos Humanos? En caso afirmativo, expláyese.
5.3.2. En el marco de las auditorías de desempeño, ¿cuáles serían las buenas
prácticas que su EFS ha identificado aplicando el EBDH en sus ac tividades de
control?

5.4. Pandemia, desigualdad, grupos vulnerables y pueblos indígenas

5.4.1. En el marco del Derecho a la Salud, ¿Cuáles serían las buenas prácticas
que ha identificado su EFS en la pandemia de la covid -19?

5.4.2. En materia de la no discriminación, la equidad de género y la
igualdad de oportunidades .

5.4.2.1. ¿Cuáles serían los principales esfuerzos en materia de control que su
EFS ha aplicado con relación a la protección de los derechos de grupos
vulnerables?
5.4.2.2. ¿Cuáles serían los principales esfuerzos en materia de control que su
EFS ha aplicado con relación a la protección de los derechos de los pueblos
indígenas?

Nota: El texto extraído es sólo una aproximación del contenido del documento, puede contener caracteres especiales no legibles.

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