1.6 [Las autoridades de las EFS deben] Establecer a todo nivel un enfoque de género y no discriminación como una prioridad explícita para la institución.
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Ejemplo:
Actos y conferencias oficiales de la autoridad de la EFS, en donde señale a la igualdad de género y no discriminación como principio institucional.
Recurso(s) disponible(s):
- Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2019) Compendio sobre igualdad y no discriminación. Ver
- Contraloría General de Cuentas. (2017) Normas de Auditoria Gubernamental ISSAI. Guatemala. Ver
- Organización Internacional del Trabajo. (1958) Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación). Ver
- Organización Internacional del Trabajo. (2014) Igualdad de género y no discriminación en la gestión del empleo. Ver
- Organización Internacional del Trabajo. (2018) Acabar con la violencia y el acoso contra las mujeres y los hombres en el mundo del trabajo. Ver
- Organización Internacional del Trabajo. (2019) Documento de información sobre la protección contra la discriminación basada en la orientación sexual, la identidad de género, la expresión de género y las características sexuales (SOGIESC). Ver
- Secretaría Presidencial de la Mujer. (2019) Guía orientadora para el abordaje integral del acoso laboral y sexual en el ámbito del trabajo en las instituciones públicas de Guatemala. Ver
Indicador:
Indicador | Medio de verificación | Riesgos | Medio de contingencia |
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Incluir dentro del plan estratégico el enfoque de género y no discriminación como una prioridad. | Plan estratégico. | La autoridad de la EFS no se involucra dentro del proceso de creación del plan estratégico. | Reuniones coordinadas con la máxima autoridad en la redacción del plan estratégico. |