Declaración de Cartagena 2021

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04th Mar 2022

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DECLARACIÓN DE CARTAGENA SOBRE LA PROMOCIÓN DEL ENFOQUE
BASADO EN DERECHOS HUMANOS EN LAS ACTIVIDADES DE CONTROL EN
LAS EFS
XXX Asamblea General Ordinaria de la OLACEFS
La XXX Asamblea General de la Organización L atinoamericana y del Caribe de
Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS) reunida en la ciudad de Cartagena de
Indias, Colombia, considerando.
Que, en la Asamblea General de las Naciones Unidas del 10 de diciembre de 1948, en
Paris, se adoptó la Declarac ión Universal de Derechos Humanos, Resolución 217 A (III)
como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de
que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella,
promuevan, mediante la enseñ anza y la educación, el respeto a estos derechos y
libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su
reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los
Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
Que, l as Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) sólo pueden cumplir eficazmente
sus funciones si son independientes de la institución controlada y se hallan protegidas
contra influencias exteriores, con forme a lo estipulado en la Declaración de Lima sobre
las Líneas Básicas de la Fiscalización y la Declaración de México sobre la
Independencia de las Entidades Fiscalizadoras Superiores.
Que, l as EFS tiene un papel importante en la promoción de la eficienc ia, rendición de
cuentas, eficacia y transparencia de la administración pública, elementos conducentes
para el logro de las prioridades nacionales de desarrollo, así como de las metas
acordadas a nivel internacional, entre las que destacan los Objetivos de Desarrollo
Sostenible.
Que, en septiembre de 2012 la Asamblea General de las Naciones Unidas celebró una
Reunión de Alto Nivel sobre el estado de derecho en los planos nacional e internacional,
en la cual se aprobó la Declaración de la Reunión de Alto Ni vel de la Asamblea General
sobre el Estado de Derecho en los Planos Nacional e Internacional mediante el cual se
reafirmó, entre otros, el respeto de los derechos humanos y las libertades

fundamentales, el respeto de la igualdad de derechos de todos, sin d istinción por
motivos de raza, sexo, idioma o religión, la cooperación internacional en la solución de
los problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario y el
cumplimiento de buena fe de las obligaciones contraídas en virtu d de la Carta.
Que, en abril del 2012, se realizó el encuentro “Género y Transparencia en la
Fiscalización Superior” en Santo Domingo, República Dominicana. En este marco se
acuñó la Declaración de Santo Domingo, que reafirma la voluntad de las EFS miembro s
de esta organización en relación a la aplicación de políticas de género a lo interno de
las entidades, así como en la labor auditora. Ese primer paso se materializó en
consiguientes esfuerzos que el año 2014, lleva a la Organización a incentivar la
incor poración transversal de la perspectiva de género en la fiscalización superior, en la
Declaración del Cusco.
Que, en julio de 2013 se adoptó un Memorando de Entendimiento entre ONU Mujeres y
la OLACEFS con la finalidad de establecer un marco de cooperación entre las Partes,
de forma no exclusiva, en ámbitos de interés mutuo para que la perspectiva de género
se incorpore como un eje de fiscalización superior, promoviendo de ese modo el cambio
cultural que la incorporación de dicha perspectiva implica.
Que, en la Declaración de Santo Domingo del año 2012, la OLACEFS indica que «la
corrupción y falta de transparencia socavan el apoyo ciudadano, imposibilitan la
movilización y asignación eficaz de recursos e impiden que estos lleguen
adecuadamente hacia activid ades vitales, para erradicar la pobreza y el logro de un
desarrollo económico sostenible, afianzando con ello la democracia y el Estado de
derecho’”
Que, en diciembre e n 2013 , la XXIII Asamblea General Ordinaria de la OLACEFS ,
adoptó la Declaración de Sant iago sobre Gobernanza, Lucha contra la Corrupción y
Confianza Pública, que reconoce el nuevo rol que deben ejercer las EFS, esto es,
contribuir desde su especificidad al desarrollo de un buen gobierno, lo que implica
explorar y desarrollar nuevas vías de comunicación y de trabajo conjunto y/o
complementario con la ciudadanía, con el fin de lograr sinergias que potencien un control
social aliado a la función de fiscalización superior de las EFS, además de potenciar y
fortalecer las funciones propias de cada EFS. También hace un balance satisfactorio de
los 50 años de fundación de OLACEFS, reconociendo que se ha permitido la apertura

de nuevos campos de acción en materia de auditoría de cumplimiento, financiera y de
desempeño, el desarrollo de auditorías coordinadas y la incorporación de normas
internacionales de auditoría en el continente.
Que, e n el plano internacional , la Asamblea General de la ONU adoptó en 2014 la
Resolución A/69/2283, que promociona y fomenta la eficiencia, rendición de cuentas,
eficacia y transparencia de la administración pública mediante el fortalecimient o de las
entidades fiscalizadoras superiores, reconociendo el papel que éstas desempeñan para
el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, y uno de los principios fundamentales
de la Agenda 2030 es la igualdad y no discriminación .
Que, en el marco d e OLACEFS y de sus Grupos Subregionales, específicamente el
Grupo de Entidades Fiscalizadoras Superiores de los países del MERCOSUR y
Asociados (EFSUR), se han llevado a cabo tres auditorías coordinadas en torno a la
igualdad de género.
Que, l a primera de estas auditorías comenzó su proceso el año 2014 con la participación
de las EFS de Costa Rica, Chile y Puerto Rico. En dicha iniciativa se buscó evaluar la
incorporación de asuntos de género a políticas, estrategias, programas y proyectos de
los gobiernos evaluados, considerándose particularmente las temáticas de educación,
salud , empleo . Los resultados de este pionero trabajo fueron publicados el año 2015.
Que, el 25 de septiembre de 2015 la Asamblea General de las Naciones Unidas a probó
la resolución A/RES/70/1 “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible” , en la que se establecen 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible
(ODS) y 169 metas en favor de las personas, el planeta y la prosperidad. También tiene
por ob jeto fortalecer la paz universal dentro de un concepto más amplio de la libertad.
Reconoce que la erradicación de la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida
la pobreza extrema, es el mayor desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un
requ isito indispensable para el desarrollo sostenible . Se trata de una Agenda de carácter
integrado e indivisible que conjuga las tres dimensiones del desarrollo sostenible:
económica, social y ambiental.
Que, en octubre de 2016, la XXVI Asamblea General Ordi naria de la OLACEFS adopta
la Declaración Punta Cana sobre la Promoción de la Participación Ciudadana en el
Seguimiento y la Fiscalización de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) –
Agenda 2030 , que propone a las EFS sum ar esfuerzos para apoyar el cumplimiento de

la Agenda 2030 de la ONU, respetando siempre su propia independencia, marco
regulatorio, recursos y entorno particular. Para cumplir este objetivo se describe un
catálogo común de principios para orientar la promoción de la participación ciudadana
al mayor nivel posible, como mecanismo de leg itimidad en el seguimiento y la
fiscalización de los ODS – Agenda 2030. Adicionalmente, se promueve un parámetro
de referencia de cuatro niveles (básico, bajo, intermedio y alto) que define un modelo de
madurez sobre vinculación con la ciudadanía para ser considerado por cada EFS.
Finalmente, propone que en cada país se promueva, según la competencia y marco
legal de cada EFS, el desarrollo de leyes y normativas que garanticen una efectiva
participación de la sociedad civil en las labores de fiscalización S uperior.
Que, en la segunda auditoría coordinada efectuada en 2019 se evaluó la preparación
de los gobiernos para la implementación del Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 5.
En esta oportunidad, participaron 18 EFS que evaluaron a sus gobiernos en tor no al eje
planificación, financiamiento y seguimiento de aquellos planes, políticas, acciones,
sistemas , operaciones, programas, actividades u organizaciones gubernamentales,
operan de conformidad con los principios de economía, eficiencia y/o eficacia, pa ra
implementar el Objetivo de Desarrollo Sostenible 5.
Que, las EFS agrupadas en la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras
Superiores (INTOSAI por sus siglas en inglés) definieron , dentro de los Principios de
Valor y Beneficio, que liderar con el ejemplo es uno de los cuatro ejes o abordajes de
acción por medio de los cuales estas instituciones pueden contribuir significativamente
para la implementación de los Agenda 2030 .
Que, en octubre de 2019, la XXIX Asamblea General Ordinaria de la OLA CEFS adopta
la Declaración de San Salvador sobre la lucha contra la corrupción transnacional, que
promueve la cooperación multilateral a través de acciones conjuntas, intercambio de
buenas prácticas y experiencias que contribuyan a la prevención, detección ,
investigación y seguimiento de hechos relacionados con la corrupción. Entre los
principales compromisos que asumieron las EFS destacan la suscripción de convenios
interinstitucionales, el fortalecimiento de programas de formación y capacitación, la
promo ción del intercambio de información, entre otros.
Que, en la tercera de estas auditorías, “Informe de Relevamiento y evaluación de las
políticas implementadas con la finalidad de dar cumplimiento al ODS 1 con perspectiva

de género” se contó con la partici pación de siete entidades fiscalizadoras de América
Latina (Argentina, Bogotá, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Paraguay) y tuvo como
objetivo evaluar la eficacia de los gobiernos en la preparación para la implementación
en los procesos de adaptación de metas e indicadores, diseño de planes, programas y
acciones, y mecanismos de seguimiento y medición; con énfasis en las metas 1.2
(pobreza multidimensional) y 1.4 (servicios básicos) para dar cumplimiento al ODS 1 (fin
de la pobreza) .
Que, ante la necesid ad de contar con un espacio en que aunar voluntades con el fin de
construir virtuosamente una política de igualdad y no discriminación en ninguna de sus
formas , que contribuya a promover Entidades Fiscalizadoras más justas e igualitarias,
en línea, además, con la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030 , el 30 de junio de 2020
se creó mediante acuerdo 1448/06/2020 de la LXXI Reunión virtual del Consejo
Directivo el “Grupo de Trabajo sobre Igualdad de Género y No Discriminación”.
Que, el Grupo de Trabajo sobre Igualdad de Género y No Discriminación (GTG) tiene
como objetivo general elaborar una propuesta de política de género y No Discriminación
que sirva de base par a ser promovida en las EFS de la OLACEFS. Asimismo, el Grupo
deberá definir, en conjunto con las EFS interesadas, la difusión de la política, así como
el intercambio de buenas prácticas que se pueden generar en torno a la Igualdad de
Género y la No Discrim inació n.
Que , el 21 de abril de 2021 se estableció el deseo de cooperar con ONU Mujeres a
través de la firma de un nuevo Memorando de Entendimiento entre la OLACEFS y ONU
Mujeres para establecer un marco de cooperación y facilitar la colaboración para que la
perspectiva de género se promueva como un eje de la fiscalización superior, así como
cooperar en el intercambio de conocimientos en materia de igualdad de género.
Que, en junio de 2021 se celebró la primera Sesión especial de la Asamblea General de
las Naciones Unidas (UNGASS) sobre los desafíos y las medidas para prevenir y
combatir la corrupción y reforzar la cooperación internacional , cuya declaración política
destaca el papel que desempeñan las entidades fiscalizadoras en la prevención y la
lucha contra la corrupción, en particular en lo que respecta a promover la integridad, la
rendición de cuentas, la transparencia y la debida gestión de los asuntos y los bienes
públic os, así como el uso eficiente de los recursos públicos.

Que, la declaración política de la UNGASS manifiesta la preocupación por el impacto
negativo que todas las formas de corrupción, incluida la solicitud y ventajas indebidas,
pueden tener en el acceso a los servicios básicos y en el disfrute de todos los derechos
humanos, reconociendo que pueden exacerbar la pobreza y la desigualdad y afectar de
manera desproporcionada a las personas más desfavorecidas de la sociedad.
Que, la declaración política de la U NGASS establece el compromiso de los Estados en
mejorar la comprensión de los vínculos entre el género y la corrupción, incluida la forma
en que la corrupción puede afectar a las mujeres y a los hombres de manera diferente.
Que durante , los años 2020 y 20 21 el mundo entero sufrió una de las más duras
pandemias originada por el COVID 19 , y que durante esos difíciles momentos las EFS
de la región pusieron todos sus esfuerzos en el control para que los fondos públicos
atendieran la emergencia sanitaria, inclu yendo el control a los Programas Sociales para
los menos favorecidos.
Que, la mencionada pandemia ha generado mayor pobreza y desigualdad en las
poblaciones vulnerables, por lo que es prioridad contribuir al desarrollo de políticas
públicas orientadas a ev itar la transmisión intergeneracional de la pobreza .
Que, en el 25º Simposio NU/INTOSAI, se destacó que las EFS capaces, bien dotadas
de recursos e independientes a nivel nacional contribuirán a reforzar sustancialmente la
transparencia y la rendición de c uentas y sentarán así las bases fundamentales para
una respuesta rápida y adecuada a futuras crisis. Asimismo, se recomendó que la
INTOSAI y sus EFS miembros continúen contribuyendo al seguimiento y a la revisión
de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sosten ible, consideren el impacto de la pandemia
sobre la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y apoyen los
esfuerzos destinados a reconstruir mejor. Finalmente, se alienta a las EFS a valerse de
sus experiencias en el aprovechamiento de las nuevas tecnologías y en la adopción de
nuevos métodos de trabajo más ágiles, y a seguir integrando nuevas herramientas y
tecnologías en su labor futura; dicho aprovechamiento puede permitir un conocimiento
anticipado y, en su caso, una mejor previsión en b ase al trabajo de las EFS.
Que , la Gobernanza es parte fundamental de los servicios de control, y de los Estados
en general , como lo indica en la Declaración de Beijing, la gobernanza ayudará a
potenciar la transparencia, garantizar la rendición de cuentas , mantener la credibilidad,

luchar contra la corrupción, promover la confianza pública, y proteger los intereses de
los ciudadanos.
Por tanto, Entidades Fiscalizadoras Superiores miembros plenos de la OLACEFS
DECLARAN:
Primero . C onoce r las diversas amenazas, presiones o injerencias que intentan
cuestionar o poner en riesgo la independencia de las Entidades Fiscalizadoras
Superiores, rechaza ndo ese tipo de conductas por parte de los procesados o vigilados
que se presentan en nuestros paí ses.
Segundo . Promover el enfoque basado en Derechos Humanos en las acciones que
ejercen las entidades fiscalizadoras superiores con el propósito de mejorar la calidad de
vida de las personas .
Tercero . Resaltar el rol de las EFS en el seguimiento de las c onvenciones
internacionales del derecho internacional de los Derechos Humanos .
Cuarto . Destacar el valor de las auditorías de desempeño y auditorías coordinadas
como herramienta s idónea s para implementar un enfoque basado en derecho humanos
en las activida des de control.
Quinto . Felicita r la labor que viene desarrollando el Grupo de Trabajo sobre Igualdad
de Género y No Discriminación (GTG) con relación a los esfuerzos realizados en materia
de género y no discriminación en la OLACEFS, tema que contribuye a promover en las
Entidades Fiscali zadoras Superiores más justas e igualitarias en línea con la Agenda
2030.
Sexto . Reconocer la política de género y no discriminación de la OLACEFS,
desarrollada por el Grupo de Trabajo sobre Igualdad de Género y No Discriminación
(GTG) como una buena práct ica internacional a ser promovida en la comunidad de EFS.
Séptimo . Fortalecer los programas de capacitación y sensibilización en torno a la
Igualdad de Género y No Discriminación al interior de las entidades miembros de la
OLACEFS .
Octavo . Promover el inte rcambio de experiencias y buenas prácticas en distintos foros
que permitan difundir y concientizar acerca de la importancia del enfoque basado en

Derechos Humanos en las actividades de control que ejercen las entidades
fiscalizadoras superiores . Analizar e l efecto diferenciado que tiene la corrupción en las
mujeres para determinar abordajes adecuados en las estrategias anticorrupción de las
EFS .
Noveno . Impulsar y fortalecer la Gobernanza como parte fundamental del sistema de
control para el buen uso de los recursos públicos y generación de valor para las
personas. Enriquecer nuestro trabajo con buenas prácticas que potencien el vínculo y
comunicación efectiva con los entes auditados y la ciudadanía en general, promoviendo
una cultura ética que tribute al desarrollo sostenible con honradez y eficacia.
Décimo . Promover el intercambio de buenas prácticas sobre los distintos mecanismos
que permitan efectuar auditorías en programas sociales, así como, iniciativas para
contribuir a la erradicación de la pobreza , aprovechando el uso de las nuevas
tecnologías y la adopción de nuevos métodos de trabajo más ágiles, las mismas que
tengan un impacto en la mejora de la calidad de vida de las personas y en el enfoque a
los Derechos Humanos.
Décimo primero . Reconocer y f elicitar a las EFS de la OLACEFS por la resiliencia
demostrada durante la pandemia para continuar con sus labores del control de los
fondos públicos, con el principal objetivo de que dichos fondos generen valor a las
poblaciones menos favorecidas con un en foque de Derechos Humanos como lo
describe la Agenda 2030.
Adoptada en la ciudad de Cartagena de Indias , Colo mbia.
3 de diciembre de 2021

Nota: El texto extraído es sólo una aproximación del contenido del documento, puede contener caracteres especiales no legibles.

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