1.6 [Las autoridades de las EFS deben] Establecer a todo nivel un enfoque de género y no discriminación como una prioridad explícita para la institución.

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Ejemplo:

Actos y conferencias oficiales de la autoridad de la EFS, en donde señale a la igualdad de género y no discriminación como principio institucional.

Recurso(s) disponible(s):
  • Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2019) Compendio sobre igualdad y no discriminación. Ver
  • Contraloría General de Cuentas. (2017) Normas de Auditoria Gubernamental ISSAI. Guatemala. Ver
  • Organización Internacional del Trabajo. (1958) Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación). Ver
  • Organización Internacional del Trabajo. (2014) Igualdad de género y no discriminación en la gestión del empleo. Ver
  • Organización Internacional del Trabajo. (2018) Acabar con la violencia y el acoso contra las mujeres y los hombres en el mundo del trabajo. Ver
  • Organización Internacional del Trabajo. (2019) Documento de información sobre la protección contra la discriminación basada en la orientación sexual, la identidad de género, la expresión de género y las características sexuales (SOGIESC). Ver
  • Secretaría Presidencial de la Mujer. (2019) Guía orientadora para el abordaje integral del acoso laboral y sexual en el ámbito del trabajo en las instituciones públicas de Guatemala. Ver
Indicador:
Indicador Medio de verificación Riesgos Medio de contingencia
Incluir dentro del plan estratégico el enfoque de género y no discriminación como una prioridad. Plan estratégico. La autoridad de la EFS no se involucra dentro del proceso de creación del plan estratégico. Reuniones coordinadas con la máxima autoridad en la redacción del plan estratégico.